“El agente encubierto no fue provocador”: Fiscalía sobre caso Santrich
Durante la jornada de hoy, el fiscal inició su intervención con la divulgación de algunos videos
06 de marzo de 2019Contenido
En la segunda parte de la solicitud de medida de aseguramiento en contra de los detenidos por el escándalo del caso Santrich, el fiscal inició su intervención con la divulgación de videos de cámaras de seguridad de los hoteles en los que se realizó la entrega de US$500.000 a la organización criminal, como la denominó el ente acusador, conformada por Luis Alberto Gil, Carlos Julián Bermeo, Yamit Prieto Acero, Luis Orlando Villamizar y Ana Cristina Solarte.
Se trata de las grabaciones en las que se aprecia el vestíbulo del hotel en el que estuvo Villamizar antes, durante y después de que recibió una parte del monto. Lo que pretende demostrar la Fiscalía es que esa plata estaría relacionada con la injerencia de la banda para dilatar el proceso de extradición de Jesús Santrich.
“Se trata de una estructura criminal dedicada a la comisión de varios delitos (…) tenemos cinco personas que se concertaron para cometer delitos en contra de la administración pública”, enfatizó el delegado, quien, acto seguido, pasó a defender la figura del agente encubierto que ha sido objeto de críticas.
En su relato señaló que a la Fiscalía llegó una información por parte de la DEA que apuntaba a que se tenía la sospecha de un grupo que estaba dedicado a la venta de procesos judiciales. Con la información se iniciaron las pesquisas y para ello se decidió incorporar al equipo un agente de policía judicial.
Dicho infiltrado está amparado en varios artículos del Código de Procedimiento Penal en los que se regula la actuación de quienes ejercen esta labor.
La utilización del agente fue aprobada mediante el oficio 018 del 26 de febrero expedido por la Fiscalía y el dinero usado para la operación hacía parte de bienes incautados, los cuales solo fueron aprobados por el propio fiscal Néstor Humberto Martínez, como lo ordena la ley.
Ante el estrado, el fiscal hizo referencia al artículo 243 del citado Código que advierte que “está prohibido al agente encubierto sembrar la idea de la comisión del delito en el indiciado o imputado. Así, sólo está facultado para entregar por sí, o por interpuesta persona, o facilitar la entrega del objeto de la transacción ilegal, a instancia o por iniciativa del indiciado o imputado”.
Su argumentación se basó en que los hoy detenidos ya sabían el objeto de la reunión, por lo que según se infiere, el tema se venía tratando desde hacía algunas semanas.
“Los mismos hechos hablan por sí solos – dijo el fiscal – desde el inicio de los audios no advierte este delegado no hay una provocación. Hablan de un negocio que ya venían hablando, de un negocio que ya conocían. Ya sabían qué iba a hacer cada uno”.
Concluyó el funcionario que con todo el material probatorio que se ha expuesto en las diligencias de estos días, la presunta provocación no se advierte como lo han manifestado algunos sectores.