El Consejo de Estado negó suspensión provisional de Montealegre como MinJusticia
El alto tribunal estableció que los demandantes no allegaron las pruebas necesarias, sino solo enviaron un link de la página web del Dapre
10 de octubre de 2025Contenido
La Sección Quinta del Consejo de Estado negó, en primera instancia, la suspensión provisional de Eduardo Montealegre del cargo de ministro de Justicia, pues no encontró pruebas que justificaran el incumplimiento de la Ley de Cuotas de Género con su nombramiento.
“Ante la ausencia de dicha evidencia no puede constatarse que, ciertamente, con el nombramiento del demandado se hubiera desconocido la cuota mínima de 50% de participación de mujeres en los cargos de ministro, el cual hace parte de los cargos del máximo nivel decisorio de que trata el artículo 4.° de la Ley 581 de 2000, modificado por el artículo 1.° de la Ley 2424 de 2024”, se lee en la sentencia.
Los demandantes, Samuel Alejandro Ortiz Mancipe, Marco Adrián Artunduaga Gómez y Juan Manuel López Molina, aseguraron que, con la designación de Montealegre, se infringió la Ley 2424 de 2024, la cual impone al Gobierno la obligación de nombrar en cargos de nivel importante y decisorio, como los ministerios, a 50% mujeres como mínimo.
Pese a eso, los magistrados establecieron que no hizo llegar las pruebas necesarias para comprobar su alegato, pues solo remitió el link del sitio web del Departamento Administrativo Presidencia de la República, Dapre.
El recurso fue presentado, inicialmente, ante el Tribunal Superior de Cundinamarca, pero este no accedió a imponer la medida cautelar de suspensión, decretó la acumulación de procesos y le envió el caso al Consejo de Estado.