El Estado colombiano ganó una segunda demanda arbitral en el caso de Granahorrar

Tomado de https://mapio.net/

Los hermanos Carrizosa, quienes deben pagar US$1,8 millones a Colombia, crearon un ente para defender los derechos de propiedad privada.

Vanessa Pérez Díaz

Dos semanas después de conocerse un primer fallo en el caso de Granahorrar, cuando el pasado 19 de abril el Tribunal Arbitral Internacional decidió a favor de Colombia y concluyó que Astrida Carrizosa debía pagar al Estado más de US$1 millón por concepto de gastos de arbitraje, se conoce una nueva decisión sobre este pleito, pero esta vez sobre una segunda demanda que presentaron los hermanos Alberto, Felipe y Enrique Carrizosa Gelzis.

En esta segunda demanda arbitral del caso Granahorrar nuevamente vuelve a ganar el Estado colombiano pues el Tribunal de la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya (CPA) emitió laudo a favor de Colombia.

"Después de analizar los requisitos que consagra el Acuerdo de Promoción Comercial entre Colombia y Estados Unidos de América (APC), el Tribunal acogió los argumentos de Colombia y concluyó que no tiene competencia para revisar las reclamaciones de los hermanos Carrizosa. Además, el Tribunal decidió que los hermanos Carrizosa, deben pagarle a Colombia US$1,8 millones ($6.840 millones) por concepto de los costos del arbitraje y gastos de representación legal en los que incurrió el Estado", informó la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado mediante un comunicado.

Lo que se cuestionaba en esta segunda demanda de los hermanos Carrizosa eran las medidas regulatorias que la Superintendencia Bancaria y Fogafin ejecutaron en 1998. En ese año, el gobierno de entonces ordenó la capitalización de Granahorrar y la consecuente reducción del valor de las acciones.

Los demandantes también cuestionaron las decisiones adoptadas por la Corte Constitucional en 2011 y 2014 en relación con dichas medidas.

Uno de los argumentos que esgrimió la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado en el papel de defensor en este caso, es que los demandantes habían presentado una nacionalidad estadounidense y apelaban a ciertos derechos en ese país.

Sobre el tema, también se conoció: "El Tribunal Arbitral acogió los argumentos de defensa de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y le dio la razón a Colombia con respecto a la objeción presentada sobre la nacionalidad de los demandantes. En ese sentido, el Tribunal concluyó que la nacionalidad efectiva y dominante de los hermanos Carrizosa no es la de Estados Unidos. En últimas, se trata de una familia de nacionales colombianos demandando a su propio Estado en un foro internacional. De acuerdo con el Tribunal, los tres hermanos Carrizosa tienen sus vidas y actividades profesionales en Colombia. De hecho, el Tribunal dejó claro que, para las fechas críticas de la controversia, los tres hermanos se encontraban residiendo en Colombia. Finalmente, el Tribunal determinó que Bogotá es el lugar donde se concentra la vida familiar y social de los tres demandantes".

Con esta decisión favorable del Tribunal para Colombia, las pretensiones de los demandantes no pueden ser escuchadas por otro tribunal.

La defensa del Estado colombiano estuvo a cargo de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y de la firma internacional Arnold & Porter.

"Destacamos la impecable coordinación interinstitucional lograda en este caso con el Banco de la República, la Superintendencia Financiera, Fogafin, Migración Colombia y Registraduría Nacional del Estado Civil", resaltó en el comunicado la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.

Reacción de los hermanos Carrizosa

Frente a los dos fallos que resultaron en contra de la familia Carrizosa en este caso de arbitraje internacional, se emitió un comunicado en el que se anuncia la creación de la Iniciativa para la Protección de los Derechos de Propiedad y el Estado de Derecho, en asocio con el Instituto de Ciencia Política (ICP).

El propósito de esta iniciativa, tal como lo informaron en el comunicado, es "garantizar la protección efectiva de los derechos de propiedad privada, las inversiones y el cumplimiento de los contratos en un entorno de seguridad jurídica y estabilidad normativa, a través de estudios y recomendaciones de política pública".

Ante la decisión de la CPA explicaron: "Recibimos el fallo de jurisdicción emitido esta semana por La Corte Permanente de Arbitraje de la Haya (“CPA”), en el cual se falla en contra de la demanda interpuesta por los hermanos Carrizosa. Respetamos la decisión del tribunal de arbitramento. Lamentamos no haber tenido acceso a un juicio donde se hubieran analizado el fondo y los méritos del caso, en el que fuimos expropiados sin ninguna indemnización".

Los antiguos accionistas del banco Granahorrar precisaron que el banco fue objeto de una expropiación sin indemnización y explicaron que por eso buscan contribuir a que no se repita el mismo caso a futuro.

"Es el momento de mirar adelante. Este programa será nuestra contribución a un país en el que creemos y en el que resulta fundamental garantizar la protección efectiva de los derechos de propiedad privada y las inversiones en un entorno de seguridad jurídica. Colombia atraviesa un momento crítico en el que es indispensable trabajar juntos y crear condiciones para que inversionistas extranjeros y colombianos puedan impulsar la reactivación económica. El crecimiento económico sostenido demanda inversiones que reactiven la economía y generen puestos de trabajo e ingresos, especialmente para quienes más se han visto afectados por la crisis”, dijo Enrique Carrizosa, vocero de la familia.

María Clara Escobar, directora ejecutiva del ICP, también se expresó sobre la iniciativa: “Esto es consistente con los objetivos del ICP de trabajar e incidir ante los tomadores de decisión, para que en la formulación de políticas públicas se garanticen las condiciones institucionales que faciliten el emprendimiento, la función empresarial y la innovación en un entorno de libre mercado”.

Contexto
El pasado 19 de abril un tribunal internacional decidió negar las reclamaciones de Astrida Benita Carrizosa por US$40 millones ($146.600 millones). Al igual que sus hijos, ella deberá pagar los costos de arbitraje y los gastos de defensa que equivalen a más de US$1 millón ($3.800 millones).

Hoy, 7 de mayo, se conoce otra decisión en la segunda demanda presentada, esta vez, por los hermanos Alberto, Felipe y Enrique Carrizosa Gelzis. La pretensión era de aproximadamente US$250 millones ($1 billón). Por los costos de arbitraje y los gastos de defensa deberán pagarle al Estado US$1.8 millones ($6.840 millones).


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