El gobierno Duque le pide a la Corte Constitucional dejar en firme Ley del teletrabajo
La Presidencia justificó necesidad de la ley por la pandemia y aseguró que la misma obligó a los trabajadores a laborar desde casa
06 de enero de 2022Contenido
El abogado Juan Sebastián Ramírez demandó ante la Corte Constitucional la ley 2088 de 2021 en donde se reglamenta el trabajo en casa y la cual empezó a regir en 20221, expedida en el Congreso, en el marco de la pandemia.
El abogado asegura que la ley debió tramitarse en el Congreso como una ley estatutaria, ya que se trata de una regulación de aspectos centrales del derecho al trabajo, sobre derechos salariales y prestaciones y hasta las garantías sindicales.
La demanda asegura que la ley modifica de manera tácita y adiciona al Código Sustantivo de Trabajo y normas laborales de los empleados públicos y dice que el Congreso omitió el deber que fija el artículo 53 de la Constitución, al expedir un estatuto del trabajo.
En respuesta al recurso, que reposa en el despacho del magistrado Alejandro Linares, el Gobierno solicitó a la Corte que no acoja las pretensiones de la demanda. En un concepto enviado al alto Tribunal, la Presidencia justificó la necesidad de la ley por la pandemia del covid-19 y aseguró que la misma obligó a los trabajadores a laborar desde casa.
Así mismo, el Gobierno aseguró que contrario a lo dicho por el demandante, esta ley no toca el núcleo esencial del derecho fundamental al trabajo y no crea una especie del derecho laboral nueva.
“Esta norma se desarrolló dentro del amplio margen de configuración con el que cuenta el legislador”, afirmó el Gobierno, al señalar también que no siempre se requiere de una ley estatutaria para regular aspectos laborales.
Para la Presidencia y el Ministerio del Trabajo no es cierto que se esté adoptando el trabajo en caso como una nueva “especie del derecho laboral”, ya que la ley deja en claro que se trata de una alternativa al trabajo presencial “cuando se presenten circunstancias ocasionales, excepcionales, especiales o transitorias”.
Así mismo, las entidades aseguraron que la ley se limita a regular los servicios contratados por fuera del lugar de trabajo, sin modificar la naturaleza del contrato.
A la postura del Gobierno, se sumó el Departamento Nacional de Planeación, que solicitó mantener la norma demandada al estimar que esta regula y precisa los aspectos fundamentales del trabajo en casa y que “llenó un vacío legal existente que se exacerbó durante la pandemia del covid-19 y las medidas posteriores que se adoptaron para contener la dispersión del mismo”.