El hacinamiento en las cárceles colombianas sobrepasa 54,9% según estadísticas del Inpec
Uno de los mayores problemas de la crisis carcelaria es la sobrepoblación, ya que en las 132 instalaciones en el país solo hay capacidad para 80.150 presos
25 de marzo de 2020Contenido
Luego de que este fin de semana los presos decidieran amotinarse en varias cárceles del país para exigir medidas contra el Covid-19, la cartera de Justicia evalúa tomar medidas en los centros carcelarios, los cuales tienen una sobrepoblación 54,9%.
No es casual los hechos que trascendieron, ya que los mismos son una consecuencia de algo que se viene presentando hace varios años en las cárceles de Colombia, así lo piensa Indira Velásquez, quien ha llevado diferentes investigaciones de cárceles del país y es profesional de Acción Scial del Instituto Seres, de la Universidad del Rosario.
“Desde hace varios años, se conoce que existe una crisis carcelaria, de hecho, estamos hablando desde la sentencia T-253 y la T-296 de 1998 en la que se declaran una serie de inconstitucionalidades en las prisiones y responde en la medida de las condiciones de hacinamiento, de salubridad, de alimentación, incluso, condiciones laborales que no aportan a ninguna medida del tratamiento penitenciario a todos los involucrados”, aseguró Velásquez.
Según las últimas cifras del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), existen 124.188 personas que están en condición de intramuros, pero según la capacidad que tienen las 132 instalaciones en el país, solo hay espacio para 80.156 reclusos, por lo que hay una sobrepoblación de 44.032. Las cifras han venido aumentando ya que 2019 había 123.802 privados de la libertad y en 2018 la cifra era de 118.513.
Entre alguna de las medidas que quieren adoptar el Gobierno está la de poder enviar a detención domiciliaria a la población vulnerable, es decir, a mayores de 60 años, madres gestantes o con hijos menores de tres años; personas con cáncer, VIH, insuficiencia renal crónica, diabetes insulinodependiente, trastorno pulmonar hipertensión, hepatitis C y hemofilia, entre otros.
La Defensoría del Pueblo también se pronunció en un comunicado indicando que deberían tener en cuenta la situación de otros internos como quienes no superen los ocho años de prisión y para quienes hayan cumplido la mitad de la pena, salvo delitos atroces. Para Germán Pabón, delegado de política criminal y penitenciaria de la Defensoría del Pueblo, existe la sentencia C-228 de 2011 de la Corte Constitucional que establece claramente que las medidas que se adopten con fundamento de emergencia a diferencia de los de conmoción interior, tienen carácter de permanecía , por lo que resaltó, “ cuando salga un sin número de privados de la libertad y pasada la crisis tengan que regresar, su regresó impactaría de manera muy fuerte en el hacinamiento carcelario”.
Entre los 41 establecimientos en la ciudad de Bogotá hay 45.041 internos solo tiene la capacidad de 30.535.