El Icfes da la pelea para defender su lema ‘Me la juego por saber’ante la SIC
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Cuando se conoció que la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), había aprobado el registro de la marca, para distinguir diseño de software destinado a la educación tecnológica interactiva, en la clase 42 de la Clasificación Internacional de Niza, Icfes argumentó que no estaba de acuerdo con la decisión tomada por la entidad.
Dentro de los argumentos que presentó el Icfes, afirmó que no se estaba reconociendo el derecho prioritario de su lema ‘Me la juego por saber ‘, comprendido en la clase 41, y que además no se había hecho un análisis de conexidad competitiva existente ente los signos enfrentados, puesto que, se encontraban dirigidos al mismo público consumidor.
La empresa opositora agregó que era el único titular de ‘Me la juego por saber’ para distinguir productos donde se encuentren actividades educativas de elaboración, desarrollo, implementación, seguimiento, control de pruebas y demás actividades que implican rigurosidad y seguridad en la educación.
Adicionalmente, el Icfes criticó el análisis que hizo la SIC frente a los signos: ‘Me la juego por saber’ y ‘Aprender jugando tecnología interactiva’, pues dijo que no había sido estudiado en su totalidad y que violó los criterios que el Tribunal Andino estableció para hacer efectivo un cotejo de marcas.
El Instituto Colombiano señaló también que se presentaban semejanzas ortográficas, ya que el elemento preponderante reproducía su marca previamente registrada, refiriéndose así al verbo ‘jugar’.
El investigador asociado del grupo derecho privado, de la Universidad Sergio Arboleda, Emiliano García, explica que es importante reconocer que, a pesar de que, el Icfes es una empresa estatal de carácter social, está vinculada con el Ministerio de Educación Nacional. “La SIC rechaza sus argumentos garantizando la entrada de un competidor privado en el mercado de herramientas tecnológicas aplicadas a mejorar la educación”.
Además el investigador García, expresó que a través del rechazo del recurso, la SIC demuestra que está tratando de evitar el uso abusivo del Derecho de Marcas, para evitar la entrada o comercialización de productos o servicios que pueden competir con marcas que ya operan en el mercado colombiano.
“Así se evita que el Derecho de Marcas confiera un derecho exclusivo y excluyente de otros competidores en el mercado del producto registrado”, concluyó el experto.
Frente al desacuerdo presentado por la empresa estatal, la SIC respondió que las razones propuestas no desvirtuaban los elementos de juicio dados por la Dirección de Signos Distintivos y que, desde la primera percepción de las dos marcas no se hallaba confusión, ya que, aunque compartían el mismo verbo, los términos adicionales de cada marca eran diferentes.
De esta manera la entidad aseguró que la expresión de la marca registrada ‘Me la juego’ evocaba a la idea de hacer todo lo posible para tener el conocimiento de algo, de un procedimiento o de una situación, arriesgarse en algo. Por el contrario, el signo solicitado hacía alusión al proceso de adquirir conocimiento de una manera lúdica y divertida , con herramientas brindadas por la tecnología.
Las opiniones
Emiliano García
Investigador asociado del grupo de derecho privado unv. Sergio arboleda
“La SIC a través del rechazo del recurso demuestra que está tratando de evitar el uso abusivo del Derecho de Marcas para evitar la entrada o comercialización de productos o servicios que pueden competir con marcas que ya operan en el mercado”.