Judicial

¿En que casos es obligación de un abogado rendir informes periódicos a sus clientes?

En caso de que se incumpla esta clausula puede haber sanciones como la suspensión para ejercer la profesión por un tiempo

19 de mayo de 2023

Alex Galvis Monguí

agalvis@larepublica.com.co
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Dentro de las relaciones laborales que se dan entre un cliente y un abogado que ofrezca sus servicios legales, es común que exista una cláusula de informes de gestión.

Esta deberá rendirse por parte de la persona o entidad que realiza un determinado trabajo legal, con el fin de dar a conocer las actuaciones, el cumplimiento y el avance de la labor encomendada.

En caso de que se incumpla esta clausula puede haber sanciones, tal como ocurrió recientemente con un abogado que actuaba como apoderado de su cliente, que al finalizar el proceso legal, no entregó los respectivos informes de gestión, lo que le costó una suspensión para ejercer su profesión por dos meses.

Ante esto, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial (Cndj) comunicó que el abogado cayó en una acción antijurídica, ya que afecta el deber de diligencia profesional.

Este es el deber que se estipula en la Ley 1123 del 2007, que estableció las faltas en las que los abogados pueden caer en caso de no cumplir su deber con sus poderdantes o clientes. En el articulo 37 de esta ley, se establecieron las cuatro faltas a la debida diligencia profesional, estas son:

  • Demorar la iniciación o prosecución de las gestiones encomendadas o dejar de hacer oportunamente las diligencias propias de la actuación profesional, descuidarlas o abandonarlas.
  • Omitir o retardar la rendición escrita de informes de la gestión en los términos pactados en el mandato o cuando le sean solicitados por el cliente, y en todo caso al concluir la gestión profesional.
  • Obrar con negligencia en la administración de los recursos aportados por el cliente para cubrir los gastos del asunto encomendado.
  • Omitir o retardar el reporte a los juzgados de los abonos a las obligaciones que se están cobrando judicialmente.

Sobre el tema, el abogado de la firma Integrity Legal, Jimmy Jiménez, explicó que "lo pactado en el mandato o en el contrato de prestación de servicios jurídicos es de estricto y obligatorio cumplimiento para ambas partes. Por lo tanto, todo lo contenido en el documento debe ajustarse bajo la observancia de las normas vigentes y se debe cumplir sin excepciones, y cualquier falta u omisión podría generar consecuencias jurídicas y económicas tanto para el mandante como para el apoderado”.

Pero en caso de esto no se cumpla y su abogado sea suspendido, ¿qué pasa con el proceso?

Ante ese caso, se tendrá que informar de dicha suspensión y sustituir el poder y el caso a otro abogado. Si el mandante lo solicita, el abogado tendrá que renunciar al caso, o incluso, el cliente podrá revocar el poder y deberá contratar un nuevo profesional legal.