Estos son los conceptos sobre los derechos de autor en la creación de un videojuego
La Dirección Nacional de Derechos de Autor aseguró que se deben tener en cuenta elementos como el código software y la música
04 de agosto de 2021Contenido
La industria de los videojuegos no es poca cosa hoy en día. Atrás quedaron las décadas en que la producción de juegos de vídeo era limitada y su consumo era para un nicho específico. Actualmente, la industria mueve tanto dinero como el cine y la música, pues según la revista Forbes, el juego GTA V, desarrollado por Rockstar Games, ha recaudado más de US$6.000 millones.
El país no es ajeno al boom de esta industria y ante el crecimiento de la producción de juegos de video, es importante hacer un recuento de los parámetros legales que protegen a los creadores de contenido en Colombia, pues el país cuenta con más de 50 estudios de videojuegos y diversos desarrolladores de nuevos títulos.
Derechos de autor
Ante las dudas que pueden surgir sobre la protección en materia de derechos de autor de videojuegos, Asuntos Legales, consultó a Carolina Romero Romero, directora general de la Dirección Nacional de Derechos de Autor (Dnda). Romero aseguró que los videojuegos en Colombia son protegidos teniendo en cuenta el software para su desarrollo, pero, al ser las piezas tan complejas que se desarrollan hoy en día, también hay otras creaciones susceptibles de ser protegidas.
“Los videojuegos en Colombia se componen principalmente de un software, el cual es una creación protegida por el derecho de autor. También estos integran creaciones tales como animaciones, ilustraciones, música, libretos y textos, que son protegidas por esta misma normativa”, dijo.
Romero aseguró que la protección de la obra nace desde el momento mismo de su creación y no cuando se otorga el registro ante la entidad, “lo cual significa que en el caso de existir una obra que no está registrada, igualmente su autor o sus titulares tienen todos los derechos que la ley de derecho de autor les brinda. Es altamente recomendable registrar el videojuego como software ante la Dnda y si se desea los elementos que componen el título por separado”.
Uno de los abogados de la entidad, Rodolfo Machado Pachón, ofreció un ejemplo para entender mejor el concepto anterior sobre la protección. “Para ejemplificar sus dimensiones tenemos el videojuego Red Dead Redemption 2 de Rockstar Games, el cual se estima que contiene 65 horas de duración, 500.000 líneas de diálogos, 300.000 animaciones, 192 composiciones musicales y un guion que, de ser apilado, ocuparía 2,4 metros de altura”, dijo.
Protección a los creadores
La directora general de la Dnda aseguró que los elementos que componen la obra pueden ser registrados de la siguiente manera: 1. El código, como software; 2. La música, como obra musical; 3. Las ilustraciones o animaciones como obras artísticas; 4. El guion como obra literaria; 5. Y los videos como obras audiovisuales. Sobre este registro, la entidad aseguró que durante 2020 se reportaron 103.910 obras, actos y contrato, de los cuales 2.753 pertenecen a software, aspecto relacionado con la creación de videojuegos. Asimismo, en lo que va de 2021 se han registrado 51.388 obras, de las que 1.401 han sido registro de software.
El abogado Machado aseguró que internacionalmente muchos países ya adoptaron la definición de clasificar a los videojuegos como “un software funcional con un interfaz gráfico”, razón que sustenta su protección. “Si bien en la normativa colombiana sobre derecho de autor no existe mención expresa sobre los videojuegos, este obtiene su protección completa, registrando el ejecutables, es decir, el videojuego finalizado, en la categoría de software ante la Dirección Nacional de Derecho de Autor”, dijo.
Según la normativa, la protección a las creaciones en el mundo de los videojuegos es tácita, pues no hay una norma expresa que los proteja, pues sus creadores ya están amparados por varios elementos que se pueden registrar, como se explicó anteriormente.
Sobre el uso no autorizado de un tercero sobre un videojuego, o de las obras relacionadas con su composición, Romero dijo que se pueden acudir a diversos mecanismos legales para la defensa de los derechos de autor.
“Inicialmente, está la conciliación, que es un mecanismo alternativo de solución de conflictos y que se puede solicitar ante cualquier centro de conciliación en el país. La Dnda posee el centro de conciliación y arbitraje “Fernando Hinestrosa” el cual es gratuito y se especializa en la materia”, agregó. Igualmente, se pueden instaurar acciones legales: en materia civil, se puede demandar al posible infractor o solicitar una medida cautelar para evitar la afectación a los titulares de los derechos.
El Código Penal, según explicó Romero, protege a los creadores en los artículos 270 al 272. Dichas sanciones estipuladas en el Código pueden alcanzar prisión de 32 a 90 meses y multas hasta de 300 salarios mínimos.
Registro de obras
La Dnda ofrece los registros de obras en tres pasos sencillos. Primero debe acceder a la página de la entidad y diligenciar un formado según la obra que desee registrar. Por último, tendrá que esperar 30 días hábiles para revisar si fue aprobada la solicitud. Es importante tener presente que el trámite de registro ante la Dnda de Colombia no es automático, pasa por un proceso de revisión por abogados y técnicos”, dijo Romero.