Fechas en las que iniciarán a regir nuevas normas laborales como alza en el recargo
El calendario legal 2026 resume las nuevas obligaciones que tienen los empleadores
21 de enero de 2026Contenido
El 2026 traerá consigo una nueva agenda de obligaciones legales y tributarias que impactan directamente la operación de las empresas en Colombia. Más allá de los cambios normativos, el reto estará en el cumplimiento oportuno y en la correcta lectura de los plazos que marca la ley.
En ese contexto, López & Asociados presenta el calendario legal 2026, un documento que consolida las principales fechas que deberán tener en cuenta gerentes, áreas administrativas y equipos jurídicos a lo largo del año.
La herramienta busca facilitar la planificación y reducir el margen de error en la gestión de responsabilidades legales.
Cabe resaltar que esto está fundamentado en la entrada en vigor de la Ley 2466 de 2025, que materializa uno de los ejes centrales de la reforma laboral y marca un punto de inflexión para la gestión empresarial.
Para Juan Felipe García Castrillón, socio de la práctica de derecho laboral en Galo Estudio Legal, “los principales impactos es el valor de la hora ordinaria de trabajo ya que al disminuir la jornada ordinaria máxima, automáticamente el valor de la hora de trabajo sube. Esto impacta la liquidación de horas extras, recargos festivos, dominicales y nocturnos. Adicionalmente, con la disminución de las horas, se elimina la obligación de destinar dos horas semanales dedicadas a actividades recreativas”.
Por otro lado, Carlos Alberto Camargo Mejía, abogado líder de consultoría, Unidad Derecho Laboral y Seguridad Social de Scola Abogados, afirmó que los principales cambios son la jornada nocturna, que iniciará a partir de las 7:00 p.m., los contratos a término fijo que ahora cuentan con un máximo de cuatro años, y la contratación de personas en situación de discapacidad, teniendo una obligación legal de cuota mínima.
“Para este último caso el trabajador debe contar con la certificación de discapacidad oficial expedida bajo los lineamientos del Ministerio de Salud. El empleador, por su parte, contará con un plazo máximo de 15 días hábiles tras la firma del contrato para reportarlo en la plataforma electrónica del Ministerio del Trabajo”.
¿Cómo está el calendario?
Durante el primer mes del año, el calendario indica que el 31 de enero es la fecha límite de pago de los intereses a las cesantías causadas en 2025.
En el mes de febrero, el plazo máximo para consignar las cesantías en cuentas AFC (Ahorro para el Fomento de la Construcción) causadas en 2025 está estipulado para el 14 de febrero. En el caso de incumplir con este pago puede traer sanciones laborales.
Dentro de los diez primeros días del tercer mes del año, las compañías podrán reportar la planta de trabajadores de septiembre a diciembre de 2025 y de enero a febrero de 2026.
El último día de abril, las empresas tienen el plazo máximo para hacer entrega de la dotación legal del trabajador, incluyendo su indumentaria, calzado y, si es el caso de trabajos de riesgo alto, elementos de protección requeridos durante la jornada.
En junio, durante los primeros días del mes comienza a regir la obligatoria contratación de trabajadores en situación de discapacidad, para empresas con más de 100 trabajadores, de acuerdo a la Ley 2466 de 2025, que cuenta con ciertas especificaciones.
De uno a 499 trabajadores, la empresa debe contratar por norma dos trabajadores con discapacidad. Por otro lado, de 500 trabajadores a 999, las compañías deberán contar en su nómina con al menos un trabajador en condición de discapacidad.
Adicionalmente, para que lo tenga presente, el plazo máximo para el pago de prima de servicios correspondiente al primer semestre del año, es el 30 de junio. Además de recibir su salario común y corriente, los trabajadores contarán con una adición que equivale a la mitad de su sueldo.
En el séptimo mes del año, el primer día se incrementa el recargo por laborar el día de descanso obligatorio a 90%, de acuerdo a la Ley 2466 de 2025. Esto significa que si una persona trabaja domingo o festivo, el pago adicional que recibe aumentará el valor indicado.
Al igual que en marzo, durante los diez primeros días se podrá reportar la planta de trabajadores de enero a junio. Por último, el 15 de julio se disminuye a 42 horas semanales la jornada máxima laboral. Esta es la última etapa de reducción gradual de jornada de acuerdo a lo estipulado por el presidente Gustavo Petro.
A finales de agosto, las empresas deberán entregar la segunda dotación legal a sus trabajadores, siendo este mes, junto abril y diciembre, los meses de corte para que las diferentes compañías cumplan con este requisito.
Septiembre se posiciona como el último mes del año para registrar el personal de una empresa. Si la compañía ha tenido ingresos y salidas de personal durante julio, agosto y septiembre, hasta el 14 del último mes puede reportar estos movimientos. Esto basado en el decreto 1334 de 2018.
Por último llega diciembre, uno de los meses que más felicidad trae a todos los trabajadores, no solo por las festividades sino porque en este se paga la segunda mitad de la prima, esta será entregada el 20, plazo máximo que tienen las compañías para enviar el dinero.
Por último, el mismo día, las industrias tienen la última fecha para entregar la tercera dotación legal de vestido y calzado. Estas son las fechas más importantes para que las empresas las tengan en cuenta y eviten sanciones por parte del Ministerio de Trabajo.
Antecedentes
El pasado 23 de diciembre de 2025 entró en vigencia cambios clave en la jornada laboral. El ajuste más relevante es el adelanto del inicio de la jornada nocturna, que ahora comenzará a las 7:00 p.m. y no a las 9:00 p.m., como venía ocurriendo hasta ahora, lo que impactará directamente el valor de la nómina de miles de trabajadores. Esta modificación está contemplada en el artículo 10 de la ley y actualiza lo establecido en el Código Sustantivo del Trabajo.