Este es el fallo del Consejo de Estado que anuló la personería del partido En Marcha
CE anuló dos resoluciones con las que el CNE había ratificado la personería del partido del exministro del Interior Juan Fernando Cristo
09 de mayo de 2024Contenido
Este jueves el Consejo de Estado declaró la nulidad de las resoluciones 5527 del 15 de diciembre de 2022 y 1929 del 8 de marzo de 2023. En estas se reconoció y ordenó la inscripción de la agrupación política En Marcha, creado por el exministro del Interior Juan Fernando Cristo.
La demanda en contra de 'En Marcha' la presentó Ximena Echavarría Cardona, quien argumentó que este partido no tenía la capacidad legal para suscribir el acuerdo de coalición 'Alianza Verde Centro Esperanza' para los comicios del marzo de 2022 junto a los partidos Dignidad, Alianza Verde, Verde Oxígeno, Colombia Renaciente y la Alianza Social Independiente.
El CE revisó que la colectividad, pese a que no podía entregar avales en las elecciones de 2022, se unió a la coalición Alianza Verde Centro Esperanza bajo un formalismo con pocas bases jurídicas y presentó sus propias candidaturas.
Con una sentencia de 98 páginas, el alto tribunal explicó que sin personería jurídica no era posible que En Marcha se sostuviera en el umbral mínimo del 3% de los votos de los comicios de hace dos años, así que no podía verificarse un apoyo ciudadano concreto.
Ese 3% aparece en la Constitución Política, que admite algunas excepciones, como ser un movimiento de minorías étnicas o que haya sufrido de agresiones por parte del conflicto armado. Sin embargo, ninguna de esas se evidencia en el caso de En Marcha.
"Respetamos, pero no compartimos la decisión. La Sección Quinta del Consejo de Estado ha cometido una grave equivocación y una injusticia que vulnera los derechos a elegir ser elegidos cientos de miles de simpatizantes de En Marcha que votaron por el partido en las elecciones de Congreso en 2022, autorizados por la organización electoral", dijo Cristo en un comunicado.