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Exdirector de la CAR en Cundinamarca fue suspendido por no atender con su labor

Colprensa

Edgar Alfonso Bejarano Méndez omitió las alertas sobre las deficiencias de obras para mitigar el fenómeno de la Niña.

05 de enero de 2019

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La Procuraduría General de la Nación suspendió por ocho meses al exdirector general de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca, Edgar Alfonso Bejarano Méndez, por las irregularidades en la ejecución de obras de mitigación para enfrentar el Fenómeno de la Niña en los municipios de su jurisdicción.

En este caso, el ente de control le reprochó a Bejarano “el desconocimiento del principio de eficacia de la función administrativa” y el incumplimiento de sus deberes de dirigir y coordinar la actividad contractual que se llevó a cabo bajo su mandato.

Según la Procuraduría, la entidad a su cargo recibió las obras objeto de los contratos No. 505, 518, y 503 de 2011, cuando de acuerdo a un informe de la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales (DNIE), en varios tramos intervenidos, los trabajos fueron deficientes y técnicamente mal realizados.

El Ministerio Público señaló que los contratos se habrían dado de la siguiente manera: el convenio 503 de 2011 fue celebrado entre la CAR y el Consorcio Obras Hidráulicas por $3.683 millones; el No. 518 de 2011 fue firmado con el Consorcio Renacer por $3.683 millones, y el No. 505 de 2011 fue suscrito con el Consorcio Obras de Emergencia, y cuyos objetos eran la ejecución de obras de mitigación, prevención y mantenimiento hidráulico en sectores críticos de la jurisdicción de la CAR.

La Procuraduría dijo que el informe de apoyo técnico realizado por la DNIE encontró deficiencias técnicas en los municipios Chiquinquirá, Simijaca, Lenguazaque, Chía, Ricaurte, Nilo, Anapoima, La Mesa, La Vega, Nocaima, Útica, Villeta, Guaduas y Puerto Salgar.

Dentro de las pruebas que tiene la Procuraduría, se advirtió que existen requerimientos que demuestran que las obras no estaban en óptima ejecución, situación que fue advertida por la Contraloría General de la República a través del informe del 22 de febrero de 2012, cuando Bejarano Méndez aún era director de la CAR.

Por estos hechos, la Procuraduría calificó la falta como gravísima a título de culpa grave.