Judicial

Éxito, Falabella y Alkosto, empresas más denunciadas en los días sin IVA de 2021

Según cifras de la Superindustria , durante las jornadas sin IVA del año pasado se presentaron 22 demandas y 513 denuncias

26 de enero de 2022

Cristian Acosta Argote

cacosta@larepublica.com.co
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A propósito del anuncio del presidente Iván Duque sobre el primer día sin IVA de 2022, que se realizará el próximo 11 de marzo, es importante revisar cómo les fue a los comerciantes en términos de quejas durante las tres jornadas del año pasado, cuyas ventas superaron los $30 billones.

Según cifras de la Superintendencia de Industria y Comercio, durante las jornadas sin IVA del año pasado se presentaron un total de 22 demandas ante la Delegatura de Asuntos Jurisdiccionales. De estos procesos, solo se han finalizado seis, y entre los motivos principales de acciones están la no entrega del producto (nueve casos); cancelación del pedido (cuatro casos); y un par de incidentes relacionados con el cobro del IVA y la garantía del bien adquirido.

Por otro lado, la Superintendencia recibió también varias denuncias relacionadas con estas jornadas y, con corte al 31 de diciembre de 2021, se registraron 513 casos. Los motivos con más quejas fueron la no aplicación del descuento del IVA en el comercio electrónico, con un total de 128 casos; y la no aplicación de dicho descuento en establecimientos físicos, con 92 incidencias.

Además, se conoció cuáles fueron los almacenes más denunciados durante las jornadas. Almacenes Éxito (93 casos), Fallabela (58), Alkosto (55) y Cencosud y Sodimac, ambos con 25 denuncias, fueron los que más inconformidades despertaron entre los consumidores.

Diferencias

Como explicó Dionisio De la Cruz , socio de Archila Abogados, la Delegatura de Protección para Consumidor de la Superintendencia de Industria y Comercio recibe las quejas relacionadas con el incumplimiento a los derechos de los consumidores por parte de los proveedores de bienes y servicios.

Así, la persona que interpone una denuncia no busca un interés particular, sino una investigación al proveedor para establecer una posible sanción, además de invitarlo a que corrija su comportamiento.

“Una persona puede dedicarse a mirar las páginas de comercio electrónico para verificar que cumplan con las normas de publicidad o que informen a la persona de que existe el derecho a retracto. Si el ciudadano ve que no lo hacen, la SIC puede entrar y sancionar. Con la denuncia, la autoridad protege al mercado y a los consumidores en general”, explicó.

Por otro lado, está la Delegatura de Asuntos Jurisdiccionales de la misma entidad, que se encarga de dirimir los conflictos entre los consumidores y los proveedores, y es ante este despacho que se presentan las demandas.
“Esta ejerce su función como si fuese un juez ordinario, y si la persona tiene un interés en que se le proteja su derecho, por ejemplo, ante la mala calidad de una lavadora, debe demandar para que el comerciante le cumpla”, agregó.
Estos casos, inclusive, los consumidores pueden tener un abogado, cuando el producto en cuestión supera cierto monto, por ejemplo un vehículo.

“Generalmente a las personas les parece tedioso demandar porque es mucho más tiempo y, en lugar de eso, interponen una queja considerando que es un mecanismo de presión para el proveedor”, lo que, según, De La Cruz, podría explicar el bajo número de las demandas.

La efectividad de garantías fue el motivo principal (72,73%) por el que los ciudadanos demandaron; se trata de un incumplimiento del proveedor sobre la calidad de un producto o el tamaño que se había solicitado, que también se puede dar en el escenario en que no haya los repuestos solicitados para el bien adquirido.

La publicidad engañosa fue el otro aspecto con más demandas, pues da cuenta de 27,27% del total de los procesos. “La publicidad engañosa surge cuando la información a través de un medio publicitario no es lo que le llegó al consumidor. Por ejemplo, el anuncio de un televisor de 40 pulgadas que, cuando lo recibió el ciudadano, resultó ser de 32”, ejemplificó el experto.

Derechos en los días sin IVA

Danilo Romero, socio de Holland & Knight, recordó cuáles son los derechos de los consumidores durante estas jornadas. En primer lugar, es importante establecer que los ciudadanos tienen el derecho a que el valor de los bienes cubiertos por el IVA se disminuya durante las jornadas.

Adicionalmente, “dichos bienes deben ser despachados al consumidor final, o en su defecto ser recogidos por aquel, dentro de las dos semanas siguientes, contadas a partir de la fecha en la cual se emitió la factura o documento equivalente”, complementó.

Además, recordó que los ciudadanos tienen derecho a obtener productos de calidad; a ser informados de manera veraz; a reclamar directamente al proveedor por el bien o servicio suministrado; y, finalmente, a obtener una reparación integral por los daños sufridos o causados por un producto defectuoso o de mala calidad.

“Los pagos por el producto cubierto podrán realizarse en efectivo, tarjetas débito, tarjetas crédito o cualquier otro mecanismo de pago electrónico”, recordó Romero.

LOS CONTRASTES

  • Dionisio De La Cruz CamargoSocio de Archila Abogados

    “El día sin IVA no es una promoción, no se trata de que el comercio está regalando el p

  • Danilo RomeroSocio en Holland & Knight

    “La Superindustria ejerce su facultad de control y vigilancia por medio de medidas especiales, para asegurar los derechos de los ciudadanos que participen en la jornada”.