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Fallo judicial suspende provisionalmente ataques aéreos militares en Arauca

Colprensa

La orden judicial fue dirigida al Presidente de la República, el Ministro de Defensa y el líder de la Fuerza Aeroespacial

06 de julio de 2026

Isabella Rodríguez Ángel

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El Juzgado Segundo Administrativo Oral del Circuito de Arauca resolvió una acción de tutela interpuesta por la Personería Municipal de Puerto Rondón, mediante la cual se concede el amparo preventivo de los derechos fundamentales a la vida y a la integridad personal de los niños, niñas y adolescentes en el departamento, en relación a los ataques aéreos ejecutados en la zona.

La decisión judicial vincula directamente a la Presidencia de la República, al Ministerio de Defensa Nacional y a la Fuerza Aeroespacial Colombiana en relación con las operaciones militares aéreas hechas en esa zona del país.

La solicitante ordena al Presidente de la República, al Ministro de Defensa y al máximo comandante de la Fuerza Aeroespacial efectuar una revisión del procedimiento para el planeamiento de operaciones de ataque estratégico e interdicción aire-tierra. Esta modificación busca asegurar que se agoten todas las medidas de inteligencia y operativas destinadas a distinguir la presencia de menores de edad dentro de los grupos armados organizados que constituyen objetivos militares en la región.

El fallo judicial establece la obligatoriedad de difundir el protocolo ajustado a todas las unidades tácticas que desarrollan operaciones militares en el departamento de Arauca una vez concluida su revisión.

Esta socialización se debe realizar a través de notas internas y mediante jornadas de capacitación especializadas en el Derecho Internacional Humanitario, con un enfoque prioritario en el interés superior de la infancia y la adolescencia que integra las estructuras al margen de la ley.

Como medida preventiva inmediata, la autoridad judicial dispuso la suspensión de los bombardeos aéreos dirigidos contra estructuras o grupos criminales organizados en Arauca. Dicha restricción se mantendrá vigente de forma provisional hasta que las entidades accionadas completen el proceso de ajuste técnico de los manuales y ejecuten la debida difusión del nuevo protocolo operativo entre las tropas correspondientes.

El juzgado delegó funciones de verificación e instrucción a la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Estas instituciones públicas quedan encargadas de realizar las labores de acompañamiento y capacitación en derechos humanos dirigidas a la población civil no combatiente y a los menores de edad que forman parte de los grupos armados en la zona.