Marcas

Finvivir logró el registro de la marca CVM por prestar servicios diferentes del mercado

Finvivir

La opositora logró el registro ante la SIC debido a que los mercados de ambas marcas son diferentes y no hay riesgo de confusión

09 de septiembre de 2022

Diego Alejandro Ospina Henao

Canal de noticias de Asuntos Legales

Contenido

Finvivir, S.A. De C.V. Sofom E.N.R. se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) con el fin de solicitar el registro de la marca CVM (nominativa) para distinguir servicios comprendidos en la clase 36 de la Clasificación Internacional de Niza, que denota servicios de seguros, operaciones financieras, operaciones monetarias y negocios inmobiliarios.

Después de la solicitud, la sociedad CVM Logística S.A.S. presentó oposición con fundamento en la causal de irregistrabilidad establecida en el artículo 136 de la Comisión de la Comunidad Andina.

LOS CONTRASTES

  • Eduardo Guzmán Socio de Seneor Abogados

    "Los servicios que pretende identificar la marca solicitada no son similares a los de la oponente, ya que es muy distinto el servicio financiero y asegurador que el de transporte, logística y carga”.

La compañía ha venido utilizando su nombre dentro de los mercados de logística de almacenamiento y transporte de mercancías; carga, empaquetado, almacenamiento, transporte y descarga de diferentes mercancías. Por esa razón, señaló que la marca CVM Group es idéntica a la marca CVM (Nominativa) cuyo registro se pretende y argumentó que no pueden coexistir en el mercado, “pues el perjudicado va a ser el público consumidor y el comercio en general”.

Además, añadió que la marca solicitada no puede diferenciar los servicios y productos que busca distinguir, por lo que es completamente idéntica a la opositora en todos sus aspectos.

Así, recalcó que no cuenta con elementos gráficos que acompañen al signo nominativo, por lo que es complicado que los consumidores la diferencien por alguna particularidad adicional. Por esa razón, los consumidores no tienen una imagen que evoque los servicios a identificar, por lo que quedaría a su imaginación y podrían asociar la marca solicitada con la registrada.

“Se puede decir que la marca CVM (Nominativa) no contiene la distintividad suficiente para otorgarle al signo en conjunto la caracterización que este requiere, es por esto por lo que la marca solicitada en la sociedad se encuentra incursa de ser registrable debido a las carencias y vacíos con los que cuenta en cuanto a la distintividad”, concluyó la empresa, que agregó que, además, podría haber conexidad competitiva entre las marcas enfrentadas.

Dentro del término concedido, Finvivir, S.A. De C.V. Sofom E.N.R. no respondió a la oposición, por lo que la Superindustria realizó el estudio con los argumentos presentados.

La entidad, al estudiar los signos enfrentados, encontró que los servicios que busca identificar cada uno son completamente diferentes y buscan satisfacer necesidades distintas; mientras la marca solicitada pretende brindar servicios financieros, la opositora está en el campo de transporte de mercancías.

Por los motivos anteriormente expuestos, la Superintendencia de Industria y Comercio concedió el registro de la marca nominativa CVM a su solicitante y declaró infundada la oposición de la sociedad CVM Logística S.A.S.