Germán Calderón España interpuso una recusación contra magistrado del CNE
El abogado de Abelardo De La Espriella presentó un recurso de recusación contra el magistrado Álvaro Hernán Prada por el caso de Atlas Intel
20 de mayo de 2026Contenido
El abogado de Abelardo de la Espriella, Germán Calderón España, presentó un recurso de recusación contra el magistrado Álvaro Hernán Prada, a quien se le solicita que se aparte de cualquier actuación administrativa que se adelante con la encuestadora Atlas Intel.
Calderón argumentó con el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Cpaca, el cual dicta en su artículo 11 que, "cuando hay interés general propio de la función pública que entre en conflicto con el interés particular y directo del servidor público, este deberá declararse impedido".
Asimismo, la norma asegura que un servidor público que adelante actuaciones administrativas o lleve a cabo investigaciones o profiera decisiones definitivas podrá ser recusado en los siguientes escenarios:
- Tener un interés particular y directo en la regulación, gestión, control o decisión del asunto, así como su cónyuge, compañero o compañera permanente o uno de sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil.
- Cuando existe una enemistad por hechos ajenos a la actuación administrativa o una amistad "entrañable" entre el servidor y algunas de las personas interesadas en la actuación administrativa.
- Haber hecho parte de listas de candidatos a cuerpos colegiados de elección popular inscritas o integradas también por el interesado en el periodo electoral que coincida con la actuación administrativa.
Además, el abogado hizo referencia al inciso tercero del artículo 12 del mismo código. Este establece en el texto que, cuando se presente una recusación, la persona tendrá los cinco días siguientes para aceptar o no la causal invocada. Vencido el término, se seguirá con el trámite.
"Estos dos artículos, primero, definen la naturaleza pública del régimen de conflicto de interés; esto es, impedimentos y recusaciones, legitimando en la causa por activa a "cualquier persona presente en una recusación"; es decir, cualquier ciudadano en ejercicio puede interponer recusaciones cuando el magistrado ponente no ha manifestado su impedimento", dice el escrito.