Gobierno expide el decreto en el que faculta a alcaldes para declarar toque de queda
Gobierno ordena el cierre de los pasos fronterizos y fluviales entre el 20 hasta el 22 de noviembre.
20 de noviembre de 2019Contenido
En rueda de prensa el lunes, la ministra del Interior, Nancy Patricia Gutiérrez había anunciado que el Gobierno Nacional emitiría un decreto que daría herramientas a los alcaldes y gobernadores para garantizar el orden público. Hoy, el presidente Duque firmó el decreto 2087 de noviembre de 2019 con el fin de garantizar y respetar “el derecho a la manifestación pública, pacífica y sin armas.
El Gobierno hace un llamado especial a los alcaldes municipales y distritales para que en su deber de conservar el orden público en sus territorios, tomen las medidas requeridas contempladas en la Ley 1551 de 2012.
Entre las facultades de los alcaldes está conservar el orden público en el municipio, de conformidad con la ley y las instrucciones del Presidente de la República y del respectivo gobernador. La Policía Nacional cumplirá con prontitud y diligencia las órdenes que le imparta el alcalde por conducto del respectivo comandante.
Igualmente, podrán restringir y vigilar la circulación de las personas por vías y lugares públicos; decretar el toque de queda; restringir o prohibir el expendio y consumo de bebidas embriagantes; y requerir el auxilio de la fuerza armada en los casos permitidos por la Constitución y la ley;
Cierre de pasos fronterizos
Además, el Gobierno ordena el cierre de los pasos fronterizos y fluviales autorizados de frontera en el lapso comprendido entre las 0:00 horas del 20 de noviembre y hasta las 5:00 horas del 22 de noviembre de 2019.
Las medidas deben incluir los controles migratorios en los puestos terrestres y fluviales fronterizos