Judicial

Gobierno presentó el borrador de lo que sería la ley de sometimiento a grupos criminales

Según el documento, los cambios en las penas podrán hacerse efectivos de acuerdo al delito y procesados podrán obtener rebajas hasta de 60%

23 de septiembre de 2022

Santiago Diaz Gamboa

sdiaz@larepublica.com.co
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El presidente, Gustavo Petro, ha sido enfático en su intención de alcanzar la paz total en el país, una de sus principales banderas desde que llegó a la Presidencia. Por ello, desde el gobierno se busca la posibilidad de establecer conversaciones con las estructuras armadas dispuestas a negociar.

Ante este panorama, el gobierno entregó al presidente del Senado, Roy Barreras, el borrador de lo que sería del nuevo proyecto de ley de sometimiento para los grupos armados ilegales. De acuerdo con el documento, el objetivo principal es "reorganizar las penas y sus cuantías, también pretende desmontar el esquema de prohibiciones que ha hecho ineficaz la administración de justicia en materia penal, desarrollar el concepto de prisión comunitaria y/o darle vigor a los principios restaurativos de la pena".

El texto, a su vez, considera la opción de seguir las recomendaciones de la academia, así como de la Corte Constitucional para construir una normativa que permita perseguir y judicializar a las estructuras criminales de alto impacto en el país.

Para alcanzar esta finalidad, en el borrador se plantea establecer una serie de etapas para dar un punto de partida a lo que sería un proceso, pues comprende una negociación inicial, diálogos y posterior sometimiento. En cuanto a la primera etapa, se busca que los integrantes de las bandas criminales o grupos armados atiendan de forma voluntaria, lo que sería un primer punto basado en el diálogo y la presentación.

De acuerdo al texto, el gobierno y los miembros de la estructura suscribirán un acta final de diálogo, y finalmente cada miembro firmará un compromiso individual. Posteriormente, las dos actas que se generan en este proceso serán enviadas a la Fiscalía General de la Nación y así los integrantes de esa estructura serán trasladados a las zonas de ubicación temporal estipuladas en la Ley 418 de 1997.

"Las medidas privativas de la libertad serán en los zonas de ubicación temporales. El incumplimiento de las obligaciones impuestas inherentes a la medida de aseguramiento provoca la sustitución de la medida privativa de la libertad en zonas de ubicación temporales a una privativa de la libertad intramural.", señala el borrador.

Respecto a la segunda etapa, denominada 'Etapa judicial de imputación por estructura e imposición de medida de aseguramiento privativa de la libertad', el fiscal delegado presentará la formulación de imputación por estructura la cual condenará al grupo como tal, sus miembros y sus patrones criminales. Las actas individuales de acogimiento a la justicia, en los términos del artículo 221 de la Ley 906 de 2004, serán respaldo probatorio suficiente para su imposición.

Frente a la ejecución de penas, se aplicará la ejecución especial de la pena a las bases de la estructura de crimen organizado de alto impacto y que hayan incurrido en delitos como: concierto para delinquir simple o agravado, utilización ilegal de uniformes e insignias, utilización ilícita de equipos transmisores o receptores y porte ilegal de armas de fuego o municiones de uso privativo de las Fuerzas Armadas o de defensa personal.

"La ejecución especial de la pena estará condicionada por un periodo de cuatro a cinco años a la participación en los programas especiales de reinserción y restauración desarrollados en el periodo abierto del tratamiento penitenciario establecido en la ley 65 de 1993", reza el documento.

Posteriormente, en la etapa judicial inicial, se realizarán las audiencias de legalización de captura y solicitud de medida de aseguramiento y se le dará la oportunidad a los miembros de la estructura de aceptar los cargos de manera consensuada. Por último, en la etapa de juzgamiento y sentencia, se realizará audiencia concentrada en los términos de la Ley 906 de 2004, seguido de juicio oral y la interposición de los recursos.

Uno de los puntos que más llama la atención del borrador son los cambios en las penas, pues "la pena máxima por concurso será por 50 años y la máxima para los tipos penales será de 40 años", lo cual representa una disminución de casi 60%.

El texto también comprende algunos beneficios para los procesados, puesto que "cumplida la 2/5 parte de la pena entrarán a un periodo semiabierto donde podrán acceder a permisos de 15 días cada dos meses, debiendo cumplir la carga restaurativa del programa de restauración y reinserción especial. Cumplida ½ de la pena seguirán en periodo semiabierto, pero podrán solicitar la prisión comunitaria".

Y añade que "si no se puede conceder el beneficio de prisión comunitaria, el condenado podrá optar por solicitar la libertad preparatoria, en la cual el condenado está obligado a pernoctar en el establecimiento penitenciario, debiendo cumplir en el día con el programa de restauración y reinserción especial. Cumplidas la 3/5 de la pena ingresará a periodo abierto y se les podrá conceder la libertad condicional, si se niega podrá acceder a la franquicia preparatoria".

La polémica se abre respecto al punto que señala que deberá presentarse una entrega anticipada de bienes, pues los procesados tendrán que entregar un documento donde den a conocer sus inmuebles y luego "podrá conservar el derecho de dominio sobre uno o algunos de dichos bienes siempre que su valor comercial no supere el 10% del total de los bienes objeto".