Judicial

Gustavo Petro criticó la decisión de la Corte Constitucional que lo inhabilitaría

El máximo representante de la Colombia Humana afirmó que esta decisión va en contra de la Corte Interamericana de Derechos

25 de octubre de 2018

Colprensa

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Luego de una álgida Sala Plena de la Corte Constitucional llevada a cabo este miércoles, el alto tribunal dejó intactó el parágrafo del artículo 38 de la ley 734 de 2002 y parcialmente la Ley 610 de 2000 que establece como inhabilidad para desempeñar cargos públicos haber sido declarado responsable fiscalmente.

En su momento, los parágrafos fueron denunciados por el abogado Dagoberto Quiroga, quien defiende los intereses del actual senador Gustavo Petro Urrego, quien se vería afectado por la decisión que terminó con una votación 5 – 4, El argumento del penalista se basó en que las multas las establece la Contraloría y al no tener carácter penal o disciplinario, no deberían afectar el derecho fundamental de acceder a la función pública.

La decisión del alto tribunal no sólo afecta al excandidato presidencial, sin embargo, su proceso es el más conocido, luego de que en el 2016 la Contraloría Distrital le impusiera una multa de 217.000 millones y le embargara sus cuentas bancarias al encontrarlo responsable fiscalmente por la reducción de las tarifas de Transmilenio.

Por su parte, la Sala Plena estudió la ponencia que solicitaba se mantuviera la normativa tal y como rige desde 2002.

"Quien haya sido declarado responsable fiscalmente será inhábil para el ejercicio de cargos públicos y para contratar con el Estado durante los cinco años siguientes a la ejecutoria del fallo correspondiente. Esta inhabilidad cesará cuando la Contraloría competente declare haber recibido el pago o, si este no fuere procedente, cuando la Contraloría General de la República excluya al responsable del boletín de responsables fiscales", dice la normativa en el primer paragrafo del artículo 38.

En razón a la decisión, el senador anunció en su cuenta de Twitter que tal determinación del alto tribunal sería una violación.

"Si la sentencia de la Corte Constitucional es como anuncia la prensa significa que el Estado Colombiano se va radicalmente en contra de la Convención Americana de DDHH y la sentencia de la Corte Interamericana en el caso de Leopoldo Lopez que es obligatoria para Colombia", dice el trino.