Juzgado negó tutela de Quintero contra Registraduría por inscripción de comité presidencial
Quintero expuso en su tutela que la Registraduría vulneró sus derechos fundamentales a elegir y ser elegido, al acceso a cargos públicos, entre otros
06 de noviembre de 2025Contenido
Después de que la registraduría le cerrara las puertas al exalcalde Daniel Quintero, en horas de la tarde, también se le fue negada la tutela que había interpuesto en pro de inscribir su comité de recolección de firmas para la carrera electoral de la Presidencia de la República del próximo año.
Daniel Quintero expuso en su tutela que la Registraduría Nacional vulneró sus derechos fundamentales a elegir y ser elegido, al acceso a cargos públicos, el debido proceso administrativo, la igualdad, la confianza legítima, la tutela judicial efectiva y la seguridad jurídica, al no aceptar su comité de recolección de firmas.
No obstante, el juez encargado del caso pudo concluir que, hasta el momento la entidad registradora no ha tomado una decisión certera frente a su participación en las elecciones del 2026, pues la Registraduría tiene hasta el 17 de noviembre para proporcionar una respuesta definitiva. También sostuvo que no existe una demora ilegal, ya que ni Ley 1475 de 2011 ni la Resolución 6064 de 2025 establecen un plazo exacto para responder solicitudes de inscripción a comités.
El Juzgado aseguró que no se vulneró el debido proceso administrativo por negar un encuentro cuando Quintero realizó su inscripción hace menos de 2 semanas. La programación de citas está sujeta a la agenda institucional. Finalmente, el juez recordó que el proceso de inscripción a la Presidencia, es un proceso que además de ser muy relevante para los ciudadanos, también cuenta con varias etapas, con las que el exalcalde de Medellín apenas cumple la primera.
De esta manera el Juzgado sesenta y dos Administrativo del Circuito de Bogotá, resolvió frente a esta acción, negar la solicitud hecha por Quintero en contra de la Registraduría teniendo en cuenta lo sucedido. También de “Desvincular del trámite constitucional al Consejo Nacional Electoral, al Partido Comunista Colombiano, al Partido Polo Democrático Alternativo y a la Unión Patriótica”, y admitir en calidad de coadyuvante de la tutela a Ximena Echevarría Cardona.