Actualidad

Kinex le ganó puja a Genfar y se convirtió en nueva marca registrada

19 de noviembre de 2015

Christian Díaz Maldonado

Canal de noticias de Asuntos Legales

Contenido

La decisión se dio en segunda instancia a través de la Delegatura de Propiedad Industrial, la cual revocó el fallo de la Dirección de Signos Distintivos.

El signo busca la identificación de medicamentos de uso veterinario, repelentes para perros, complementos alimenticios, entre otros que pertenecen a la clase 5 de la Clasificación Internacional de Niza. 

La gigante farmacéutica Genfar alegaba similitud ortográfica y fonética con su marca previamente registrada Kalinex, situación que podría generar confusión de producto y origen para el consumidor; sin embargo, desde la primera etapa su guerra de signos estuvo perdida cuando la Dirección declaró infundada la oposición. 

Así, señaló la SIC ambas marcas podrían coexistir tranquilamente en el mercado, dado que eran plenamente diferentes a pesar de que compartían algunas letras. La principal razón de la compañía farmacéutica fundamentó en la división silábica de los dos signos: Kalinex posee tres sílabas, mientras que la solicitada, Kinex, es bisilábica.

Lo que significó una verdadera piedra en el zapato, en la primera instancia, fue la existencia de Kine, solicitada por Laboratorio Franco Colombiano (Lafrancol). Sobre esta la Delegatura se refirió, pues fue cancelada con antelación al signo solicitado, por lo que no podía significar un impedimento para el registro de DBM International.

Lola Kandelaft, socia de la firma muñoz º abogados y apoderada de la empresa solicitante, dijo “tras responder la oposición recibida, el examinador de la SIC consideró que no existía riesgo de confusión entre los signos Kinex y Kalinex”. 

La solicitud fue negada en primera instancia, explicó, con fundamento en “una marca cuyo registro ya había sido cancelado en el año 2013, error que fue corregido en segunda instancia con la concesión del registro”. 

Según la decisión de la SIC, este trámite le permite a la empresa de origen holandés contar con una vigencia de 10 años para distribuir sus productos. Diana Peñaloza, coordinadora de la maestría de Propiedad Intelectual de la Universidad de los Andes, se refirió al caso y reiteró que “la SIC estaba en la obligación de revocar su decisión, la resolución que negaba el registro, expedida el 30 de junio de 2015, se sustentó en un expediente cancelado el 13 de marzo de 2013, por lo que carecía de todo sustento”.

Agregó que es “necesario que los examinadores de la SIC sean más cuidadosos en el examen de registrabilidad, pues con ello evitan aumentar los periodos de registro injustificadamente”. 

Las opiniones

Diana peñaloza
Coordinadora MPI Uniandes 
“Es necesario que los examinadores de la Superintendencia sean más cuidadosos en el examen de registrabilidad, pues con ello evitan aumentar los periodos de registro injustificadamente”.

Lola kandelaft
Apoderada de DBM International CV
“Tras responder la oposición recibida, el examinador de la SIC consideró que no existía riesgo de confusión entre los signos Kinex y Kalinex. A pesar de lo anterior se negó la solicitud en primera instancia”.