La Corte Constitucional mantiene pensión familiar a niveles bajos del Sisbén
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La Corte Constitucional avaló la norma que amplió la pensión familiar y que establece que serán beneficiados de ese privilegio las personas que se encuentren suscritas en los niveles 1 y 2 del Sisbén.
Al estudiar una demanda que se había presentado en contra de una disposición de la Ley 100, la Corte desestimó los argumentos y declaró que dicha norma está ajustada a la Constitución vigente.
La pensión familiar busca ampliar la cobertura del sistema de pensiones para favorecer a los sectores afiliados más vulnerables, dando soluciones a las familias más necesitadas del país.
Así, las personas que no cuenten con los aportes suficientes para acceder a la pensión de jubilación, pueden hacerlo sumando las cotizaciones de su cónyuge o compañero permanente, integrando entre ambos la denominada “pensión familiar”.
La Corte declaró exequible la norma según la cual, en el régimen de prima media, dicha pensión equivale a un salario mínimo y se reserva para aquellas personas que se encuentren clasificadas en el Sisbén en los niveles 1 y 2.
Esta iniciativa se aprobó a principio de año y contó con numerosas oposiciones, pero finalmente el alto tribunal frenó las iniciativas y confirmó que los colombianos de menos recursos gocen de este beneficio.