Corte Constitucional reconoce la desconexión laboral como derecho de trabajadores

Colprensa

Esta alta corte, con la sentencia C-331 de 2023, reivindicó las garantías que se obtienen de la desconexión laboral de los trabajadores.

Juan Camilo Colorado

La Corte Constitucional reconoció la desconexión laboral como un derecho humano de los trabajadores tras resolver una demanda de inconstitucionalidad presentada contra el literal a) del artículo 6 de la ley 2191 de 2022. La sala plena de esta alta corte afirmó que el descanso es un espacio autónomo y libre en el que las personas pueden decidir qué hacer y qué no fuera de su entorno laboral.

En el resolutivo publicado, la Corte Constitucional declaró exequible el mencionado literal que explica que los trabajadores y servidores públicos que desempeñan cargos de dirección, confianza y manejo tienen derecho a la desconexión sin que esta esté atada a una jornada laboral.

Dentro de los argumentos que permitieron la exequibilidad del literal, uno que resalta es aquel que indica que la resolución es extensible a todos los tipos de empleo e implica garantizarle al trabajador un descanso (aparte del diario y el semanal).

La alta corte destacó que la desconexión laboral es una reivindicación del espacio autónomo que le permite al trabajador concretar algunas garantías como la salud, la disposición del tiempo libre y la conciliación entre la vida laboral y la personal y familiar; "esto tiene un impacto diferenciado en las mujeres", resaltó.

En esta sentencia (C-331 de 2023) reservaron su aclaración de voto los magistrados Alejandro Linares, Paola Meneses, Juan Carlos Cortés, Antonio Lizarazo y José Fernando Reyes.


TEMAS

Corte Constitucional - Derechos laborales