Corte le dio su visto bueno a la constitucionalidad de la Ley Estatutaria Agraria y Rural
El texto revisado del proyecto de ley será enviado al Congreso de la República con el fin de que los presidentes y secretarios de ambas cámaras lo firmen
03 de septiembre de 2025Contenido
La Corte Constitucional de Colombia se pronunció sobre la ley estatutaria que cambia la Ley 270 de 1996 y define cómo está integrada y estructurada la jurisdicción rural y agraria. Su puesta en marcha permite la instalación de jueces y tribunales especializados con equipos técnicos e interdisciplinarios, para ofrecer una justicia adaptada a las realidades del campo y con un enfoque diferencial.
Los artículos 1, 2, 6, 7, 9, 10 y 12 de la propuesta legislativa fueron declarados constitucionales por el alto tribunal. Estos artículos determinan el propósito de la ley, incorporan a la Rama Judicial las jurisdicciones agraria y rural, establecen los tribunales y juzgados agrarios y fijan disposiciones normativas de armonización y relacionadas con el presupuesto.
Los artículos 3 y 8 fueron declarados constitucionales con condiciones. El artículo 3, que cambia el artículo 12 de la Ley 270 de 1996, es constitucional si se comprende que modifica el texto en el que fue ajustado por la Ley 2430 de 2024.
El artículo 8, que se refiere a la asignación de cargos para magistrados y jueces, es constitucional si se cumplen dos condiciones: en primer lugar, que los exámenes de conocimiento aborden mayoritariamente asuntos de derechos fundamentales del pueblo campesino desde perspectivas diferenciales, territoriales y de género; y en segundo lugar, que el Consejo Superior de la Judicatura asegure la igualdad e imparcialidad en cuanto a las oportunidades para mujeres, comunidades étnicas, campesinas y víctimas del conflicto armado.
De acuerdo con su supervisión automática de las leyes estatutarias, la Corte examinó el proyecto. Determinó que, salvo los artículos 4 y 5, el contenido del proyecto es concordante con la Constitución, particularmente con lo estipulado en el Acuerdo Final de Paz y el Acto Legislativo 03 de 2023.
Frente a los artículos 4 y 5 aseguró que se vulneró el principio de unidad de materia, y por ende, declaró su inconstitucionalidad. En dichos textos se regulan aspectos de la administración de justicia que no tienen que ver con la integración y con la estructura de la jurisdicción agraria y rural.
El texto revisado del proyecto de ley será enviado al Congreso de la República con el fin de que los presidentes y secretarios de ambas cámaras lo firmen, y después sea remitido al Presidente de la República para que lo sancione y promulgue.
Según explicó el MinAgricultura, la Corte reforzó los alcances de la Jurisdicción Agraria al reiterar que en los concursos para proveer los cargos de jueces y magistrados agrarios deben evaluarse conocimientos relacionados con los derechos fundamentales de las comunidades campesinas, así como la toma de decisiones con enfoques diferencial, territorial y de género.
"Le corresponde al Congreso de la República avanzar con decisión en la aprobación de la ley ordinaria que define las competencias de la Jurisdicción, sistematiza los principios del derecho agrario y crea un procedimiento especial, en consonancia con el mandato constitucional del Acto Legislativo 03 de 2023", explicó la cartera de Agricultura.