Judicial

La Corte Suprema ratificó la orden de reclusión para el general retirado Rodolfo Palomino

Colprensa

El tribunal determinó que su intervención en un proceso judicial en 2014 logra justificar el cumplimiento inmediato de esta pena

11 de febrero de 2026

Isabella Rodríguez Ángel

Canal de noticias de Asuntos Legales

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La Sala de Decisión de Tutelas de la Corte Suprema de Justicia confirmó la orden de encarcelamiento contra el general retirado Rodolfo Palomino. Esta decisión surge tras negar un recurso de amparo solicitado por el exoficial, quien busca revertir la medida impuesta en noviembre de 2025.

El tribunal determinó que la privación de la libertad es procedente debido a la naturaleza de las acciones realizadas por Palomino mientras ejercía como director de la Policía Nacional.

El sustento jurídico de la captura se basa en una condena de primera instancia de 84 meses y un día de prisión por el delito de tráfico de influencias de servidor público. Según el fallo, Palomino utilizó su cargo para intervenir ante una fiscal especializada con el objetivo de frenar un operativo de captura contra un particular. La Corte desestimó los argumentos de la defensa, que alegaba que el procesado no representaba un riesgo y había cumplido con sus comparecencias judiciales.

Los hechos que originaron el proceso ocurrieron en febrero de 2014, cuando Palomino acudió a la residencia de la fiscal Sonia Lucero Velásquez. En dicho encuentro, el entonces director policial se refirió a un empresario investigado por lavado de activos y despojo de tierras como una persona honorable, mencionando sus vínculos con figuras públicas. La fiscalía señaló que esta acción buscaba influir en el proceso judicial relacionado con irregularidades en el Fondo Ganadero de Córdoba.

El tribunal concluyó que la actuación de Palomino afectó el principio de igualdad ante la ley y la función judicial. El fallo indica que la intervención del oficial facilitó que el investigado fuera puesto en libertad sin la debida corroboración de pruebas en aquel momento.

La Corte consideró que los factores de arraigo familiar presentados por la defensa no fueron suficientes para evitar la ejecución inmediata de la pena impuesta por la Sala Especial de Primera Instancia.

La decisión contó con un salvamento de voto por parte del magistrado Gerson Chaverra Castro. El togado coincidió en que no se debía otorgar la libertad, pero sostuvo que la tutela era improcedente por razones técnicas.

Chaverra argumentó que la discusión sobre la captura debe resolverse mediante el recurso de apelación contra la condena, el cual se encuentra actualmente en trámite ante las instancias correspondientes.