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La marca de vinos argentinos Condor Peak fue negada por la SIC

24 de febrero de 2016

Melisa Echeverri

Canal de noticias de Asuntos Legales

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En este contexto de prosperidad en la industria vitivinícola argentina, se destaca el Grupo Peñaflor  gracias a su política de globalización. Tanto así, que es la principal productora de vino de dicho país y una de las diez principales del mundo, según indica la página web del grupo.

A pesar de su prestigio, cuando Peñaflor intentó registrar la marca Condor Peak en Colombia, para distinguir “vinos” en la clase 33, la Superindustria negó la solicitud por estar incursa en una causal de irregistrabilidad.

Todo empezó con la oposición de Gaseosas Posada Tobón (Postobón) al registro de esta marca debido a la similitud con su signo Peak. Según la empresa colombiana “su presencia en el mercado afectaría a los consumidores”, aunque no son idénticos a sus productos.

La Empresa de Licores de Cundinamarca también presentó una objeción porque tiene varios productos registrados con la palabra “condor”, como Nido de Cóndores y Santafé Nido de Cóndores, marcas que son similarmente confundibles. 

La solicitante no pronunció nada respecto a la oposición de Postobón, pero a la Empresa de Licores de Cundinamarca le respondió que en conjunto no hay suficientes semejanzas para desestimar la marca, pues pueden coexistir sin problema.

Ante esto, la Dirección de Signos Distintivos determinó que la marca solicitada tiene expresiones similares a las otras dos. 

Luego, procedió a analizar la relación entre los productos, y  constató que como las marcas de la Empresa de Licores y las del Grupo Peñaflor están en las mismas clases, los usuarios podrían equivocarse al pensar que  tienen el mismo origen empresarial. 

En el caso de Postobón, aunque su marca identifica un enérgizante y pertenece a la clase 32, la SIC aseguró que la presencia de ambas genera un riesgo, ya que los vinos y energizantes tienen “los mismos canales de comercialización” y “se promueven a través de los mismos medios de publicidad”, según indica la resolución.

De hecho, según Guillermo Navarro, socio de muñoz°abogados, las bebidas alcohólicas y “las bebidas energizantes pueden ser complementarios o incluso sustitutos, y sería muy difícil delimitar el comercio cuando en esencia concurren frente al consumidor final”.   

La Dirección y la Delegatura coincidieron en que  el signo era irregistrable. Para Álvaro Ramírez, CEO de B&R Latin America la decisión fue acertada porque  la marca no cuenta con las características  para ser individualizado y podría haber riesgo de confusión o de asociación de  su origen empresarial”.

Las opiniones

Guillermo Navarro
Socio de muñoz°abogados
“La decisión está basada en la innegable relación entre los productos, que si bien son de diferente naturaleza en lo que tiene que ver con su composición, están presentes en los mismos escenarios de consumo”.

Álvaro Ramírez
Fundador y ceo de  B&R Latin America IP LLC

“La distintividad del signo no contaba con las características suficientes para ser individualizado, llegando a un posible riesgo de confusión o de asociación en torno a su origen empresarial”.