Las penas que existen en las leyes colombianas sobre el racismo y la discriminación
Las personas que lleguen a cometer actos discriminatorios en contra de otro, podrán pagar multas hasta de $13 millones o más
28 de septiembre de 2022Contenido
Se cree que el racismo quedó erradicado de la sociedad al implementar los derechos humanos dentro de las sociedades, pero la realidad es muy diferente, ya que hoy en día siguen existiendo comentarios o acciones que discriminan a una persona solo por su color de piel.
En la marcha que se realizó el lunes de la oposición al gobierno de Gustavo Petro se hizo viral el video de una ciudadana que expresó comentarios racistas en contra de la vicepresidenta, Francia Márquez, y anoche en el partido de la Selección Colombia contra México se empezaron a implementar las normas de la Fifa, que podrían incluso suspender partidos, por comentarios homofóbicos. ¿Pero, este tipo de acciones quedan en la impunidad en Colombia en cuánto a sanciones?
La respuesta inicial es no. Esto, porque según la ley 1482 de 2011 en el país se “garantiza la protección de los derechos de una persona, grupo de personas, comunidad o pueblo, que son vulnerados a través de actos de racismo o discriminación”.
Para garantizar esto, dentro de esta Ley, el artículo 134 A expresa que toda persona que impida, obstruya, hostigue o restrinja los derechos de las personas por su raza, nacionalidad, sexo u orientación sexual, deberá pagar una multa entre 10 y 15 salarios mínimos legales vigentes. Además, podrá pagar una condena de 12 a 36 meses de prisión.
¿Qué tan efectiva es esta norma en la realidad?
En Colombia han ocurrido varios casos de discriminación. Dentro de estos, se encuentra el caso reciente de la cantante Marbelle, que por hacer comentarios racistas, también en contra de la vicepresidenta, Francia Márquez, tuvo que hacer una disculpa pública y pagar una multa.
También es recordado el caso de la revista Hola, que realizó una interpretación de la esclavitud con cuatro mujeres de la familia Zarzur de Cali, con dos mujeres empleadas del servicio doméstico. Los responsables debieron hacer una disculpa pública por el producto audiovisual y pagar la multa al valor determinado en la ley. El señor Jhon Jak Becerra Palacios leyó comentarios raciales en su contra en los que se decía que era un, “mico, kini, gorila, los frijoles no son comida, el vallenato no es música y los negros no son gente”. Los responsables tuvieron que aceptar los cargos, pagaron la sanción correspondida y pedir perdón a la víctima, por los cometarios realizados.
Esto solo son algunos casos de discriminación racial en el país. Esta problemática seguirá ocurriendo dentro de la sociedad, sin embargo, la ley apara y defiende este tipo de acciones llenas de odio.