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Las enseñanzas sobre propiedad intelectual que dejó el caso Frisby para las empresas

Mauricio Jaramillo y Juan Felipe Acosta también hablaron sobre cómo mitigar riesgos marcarios internacionales y los nuevos retos para la práctica

01 de noviembre de 2025

Sara Ibañez Pita

Canal de noticias de Asuntos Legales

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Uno de los casos de propiedad intelectual más sonados de 2025 fue el de Frisby, la reconocida empresa colombiana que denunció a una compañía en España por usar, sin autorización, su nombre, recursos visuales e incluso su icónica botarga. El conflicto, que despertó el orgullo nacional entre los colombianos, volvió a poner en el centro del debate la importancia de proteger la propiedad intelectual y de contar con un portafolio marcario sólido.

En Inside LR, Mauricio Jaramillo, socio de Pérez-Llorca, Gómez-Pinzón; y Juan Felipe Acosta, regional managing director de ClarkeModet para Colombia y el norte de Latam, hablaron sobre las enseñanzas que el caso Frisby le dejó a las empresas, los registros de marcas no tradicionales, cómo mitigar riesgos marcarios internacionales y los nuevos retos que enfrenta la práctica en el país.

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Este año, uno de los casos más importantes de propiedad intelectual ha sido el de Frisby, ¿qué enseñanzas deja para los empresarios?

M.J: Yo creo que la principal enseñanza es que uno debe tomar muy en serio la gestión y el manejo de la propiedad intelectual, porque muchas empresas lo han visto como ir y registrar una marca y, cada 10 años, ir y renovar. Pero, precisamente, es sentarse y analizar la compañía, su futuro y su plan de expansión; y, con base en ese plan, hacer una planeación estratégica de la protección. Yo creo que el empresario tiene que entender que, hoy en día y cada vez más, los activos intangibles y la propiedad intelectual, pues, son su activo y su recurso.

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¿Cuáles serían esas otras lecciones que deja el caso, de cara a mitigar riesgos marcarios internacionales, por ejemplo?

J.A: Hay una lección trascendente para los empresarios, y es que hay que actuar éticamente. Yo creo que la compañía de España nunca se imaginó la reacción reputacional por intentar copiar la marca colombiana. Dos, a veces, leer asuntos de propiedad intelectual de manera muy superficial determina, eventualmente, que se puede hacer algo similar a otra marca; pero, en realidad, es un sistema muy complejo y responde a cosas simples, como la buena fe.

LOS CONTRASTES

  • Eduardo CabreraSocio Sergio Cabrera Abogados

    “La principal lección es una alerta para las empresas colombianas, ya que resulta indispensable implementar protocolos de registros defensivos en aquellos países donde exista una comunidad colombiana grande”.

M.J: Yo creo que es fundamental pensar estratégicamente. No es que los abogados de propiedad intelectual estén por allá, por su lado, haciendo lo que consideren, sino que el ejercicio debe ser resultado de la proyección estratégica del negocio.

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Uno cómo explica lo que sucedió? ¿Que creen que, de pronto, le faltó a Frisby Colombia para evitar esos riesgos?

M.J: Yo prefiero no decir qué hicieron bien o mal, porque no conozco el caso desde adentro. Lo que puedo decir es más desde el punto de vista de planeación: el aprendizaje principal es que hay unas normas que están basadas especialmente en la territorialidad, la cual señala que una marca tiene una cobertura regional o local, dependiendo de dónde uno la tenga. Entonces, uno tiene que cumplirlas y saber que cambian bajo la legislación de cada país.

J.A: Yo creo que, documentándome un poco del caso, veo que Frisby Colombia ha hecho lo que tiene que hacer: ha presentado la anulación del registro que obtuvo Frisby España, presentó una demanda de competencia desde la infracción de marca recientemente e incluso solicitó medidas cautelares..

No creo, puntualmente, que sea razonable exigirle a una empresa, abordando el tema de la territorialidad, tener cientos de registros en el mundo. Uno no está exento de que haya personas de mala fe que intenten imitar ese producto o marca, pero la propiedad intelectual contempla salidas ante esas amenazas, como la anulación de registros obtenidos de mala fe.

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Muchas tecnologías emergentes han avanzado, ¿cómo se puede cuidar una empresa cuando crea algo a través de inteligencia artificial?

M.J: El derecho en Colombia todavía no dice nada, porque la inteligencia artificial apenas se está desarrollando, entonces la legislación todavía no ha llegado allá. Lo que uno trata es de aplicar las normas de hace más de 100 años, que fueron creadas y desarrolladas pensando que siempre hay un sujeto último desarrollador. Yo creo que esto todavía tiene mucha tela de dónde cortar, porque cada vez esas decisiones se están quedando más cortas frente a todos los nuevos retos de la IA.

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Sobre el futuro de la práctica, ¿hacía donde vuelca la propiedad intelectual?

M.J: Yo creo que esta área práctica cada vez se está volviendo más litigiosa, porque el espectro de marcas es más reducido; cada vez uno está más cerquita de otros y puede afectar sus derechos. Y también porque ahora el tema de la imitación se está volviendo como si fuera la regla, y esa barrera de dónde la imitación se vuelve plagio la están corriendo más.

J.A: Yo me sueño una realidad en que los empresarios entiendan que la propiedad intelectual es un instrumento para monetizar la innovación.

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Antecedentes

Juan Felipe Acosta es managing director de ClarkeModet para Colombia. Tiene más de 20 años de práctica, 19 en propiedad intelectual y derecho de la competencia. Ha sido reconocido por rankings como Best Lawyers, WTR, Chambers and Partners, Legal 500 y LeadersLeague.

Por su parte, Mauricio Jaramillo es socio de Pérez-Llorca, Gómez-Pinzón, estudió derecho en la Pontificia Universidad Javeriana. Tiene un máster en administración pública y una especialización en derecho comercial de la Universidad de Los Andes.