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Microsoft no ha dejado que Claro registre la marca MSN en Colombia

23 de mayo de 2013

Ana María Bedoya Jiménez

Canal de noticias de Asuntos Legales

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La Superintendencia de Industria y Comercio negó, en primera instancia, la marca Claro MSN solicitada por la empresa de telecomunicaciones Claro S.A., con el fin de amparar servicios comprendidos en la clase 38 de la Clasificación Internacional de Niza, es decir, servicios de telecomunicaciones móviles y fijas. Dicha decisión se debió a que cuando la Dirección de Signos Distintivos realizó el examen de registrabilidad, encontró que la compañía Microsoft Corporation tiene registrado y vigente el signo MSN hasta 2022.

La compañía de telecomunicaciones tiene dentro de la Superindustria más de 50 marcas, entre ellas, Claro TV Básico, Claro TV, Claro WAP, Claro Que Tienes Más; no obstante, los signos Ideas Claro y Claro MSN no fueron aprobadas por la entidad.

Aunque en este proceso no se presentaron oposiciones, la Dirección de Signos Distintivos por norma tiene que hacer el examen de registrabilidad como lo advierte la Decisión 486 de la Comunidad Andina. “A la Oficina Nacional Competente le corresponde realizar el examen de registrabilidad, el que es obligatorio y debe llevarse a cabo aún en el caso de que no hubiesen sido presentadas oposiciones; en consecuencia, la autoridad competente en ningún caso queda eximida de realizar el examen de fondo para conceder o negar el registro”, explica el artículo 150 de dicha norma.

De este modo, y siguiendo las directrices de la Decisión Andina, la Oficina de Signos encontró que existe un registro en la misma clase que podría generar confusión.

En la comparación de este tipo de signos, el Tribunal ha manifestado que deben ser observados en conjunto y con la totalidad de los elementos que la integran, sin descomponer su unidad fonética y gráfica. En el análisis, la Oficina de Signos advirtió que las marcas en conflicto presentan similitudes susceptibles de generar confusión o de inducir al error al público.

“Como bien se puede verificar, el signo solicitado reproduce totalmente la estructura gramatical de la marca previamente registrada, sin que la inclusión de la expresión “Claro” permita establecer una diferenciación entre los signos en conflicto, dada la fortaleza del componente nominativo común, es decir, la partícula MSN”, advirtió la Resolución No. 75114 de 2012.

Así mismo, recalcó que se presenta una coincidencia fonética, lo cual puede derivar en que los usuarios estén adquiriendo servicios que comparten el mismo origen empresarial, cuando en realidad se trata de empresarios distintos.

Tanto las marcas ya registradas como la solicitada pretenden distinguir servicios de comunicaciones.

“Los canales de comercialización y divulgación de estos servicios pueden coincidir”, agregó y concluyó que la marca MSN está comprendida en el causal de irregistrabilidad de la Norma Andina.

Para el exsuperintendente delegado para la Propiedad Industrial, GianCarlo Marcenaro, la negación está bien fundamentada porque Claro estaría reproduciendo una marca registrada, lo que se encuentra establecido como causal de irregistrabilidad. “La empresa de comunicaciones puede presentar recurso de apelación, pero no creo que la Superindustria cambie su decisión”, agregó.

Registro de Ideas Claro
Según datos de la Superindustria, la otra marca que Claro no ha podido registrar es Ideas Claro, sobre la cual el Superintendente Delegado para la Propiedad Industrial, confirmó, el pasado 20 de mayo, la decisión de primera instancia y negó el signo. Al parecer, los apoderados de la empresa de comunicaciones serán notificados hasta el próximo martes de la resolución.