MinTrabajo entregó recomendaciones a RCN para mejorar sus rutas de atención al acoso
En medio de la ronda de inspeccions a medios de comunicación, el ministerio encontró deficiencias en la infraestructura física
09 de abril de 2026Contenido
En medio de la ronda de inspecciones realizadas por el Ministerio del Trabajo a los medios de comunicación desatada por denuncias de acoso en Caracol Televisión, y luego de pasar por este medio y por las instalaciones de Rtvc, el 8 de abril llegó el turno para RCN Televisión, y bajo la dirección de la viceministra de Relaciones Laborales e Inspección, Sandra Muñoz, se realizó la inspección correspondiente.
Durante la jornada, se habilitó un código QR para recibir testimonios de los trabajadores sobre su entorno laboral. A través de estas herramientas de participación, se recibieron reportes sobre presuntas conductas de acoso que serán analizadas por el equipo inspector. La entidad identificó deficiencias en los protocolos y rutas de atención para denuncias de acoso laboral y sexual, señalando que falta un procedimiento claro para estos casos. El Ministerio busca con estas acciones verificar el cumplimiento de la normatividad vigente en materia de género y derechos fundamentales.
En el informe técnico derivado de la visita de vigilancia "se detectaron casos de personal técnico que percibe un salario mínimo y cumple jornadas extendidas sin el pago correspondiente de horas extras", comentó el ministerio. Asimismo, la inspección indicó que el reglamento interno de trabajo de la compañía debe ser actualizado.
La revisión de seguridad y salud en el trabajo recomendó mejorar en la infraestructura de las oficinas y áreas de postproducción. Los principales hallazgos fueron iluminación insuficiente,"elementos que obstaculizan la movilidad y ergonomía en puestos de trabajo, equipos en mal estado, como sistemas de aire acondicionado no funcionales en áreas de postproducción y presencia de elementos no adecuados para oficinas, como hornos microondas".
Tras la recolección de testimonios y la evidencia documental, el Ministerio del Trabajo emitió recomendaciones de aplicación inmediata para corregir las situaciones detectadas. La viceministra Muñoz indicó que la institución realizará el seguimiento respectivo a estos hallazgos para asegurar la transformación de las condiciones laborales. El proceso continuará bajo los parámetros legales establecidos para este tipo de intervenciones administrativas.
Jurisprudencia sobre el acoso
La jurisprudencia colombiana define el acoso laboral como un trato sistemático y reiterado que viola la dignidad humana y el derecho al trabajo digno. La Sentencia T-262/25 subraya la necesidad de aplicar un enfoque de género en las quejas, garantizando el debido proceso.
Según el Ministerio de Justicia, son actos desagradables y ofensivos que desarrolla una persona sobre otra, y que pueden incluir conductas como la persecución, el hostigamiento o asedio, de carácter sexual.
"Estas conductas se pueden dar en contextos donde una de las partes tiene algún tipo de autoridad sobre la otra, pero también se pueden facilitar cuando existen otro tipo de relaciones, en las que se destaque la posición laboral, social, o económica, la edad, el sexo, el género, orientación e identidad sexual. Este tipo de conducta se puede presentar una o varias veces en contra de una persona en el contexto laboral o en las Instituciones de Educación Superior", explicó Fabio Humar, socio de Fabio Humar Abogados.
El experto explicó que el acoso sexual es considerado una conducta relevante para el derecho penal, pero que puede ser castigada con penas relativamente bajas. El experto explicó que, en estos casos, la condena puede ser de uno a tres años, estipulado en el artículo 210 A del código penal.
Una persona que haya sido víctima de acoso sexual o laboral en su trabajo puede presentar una queja ante el empleador o el contratante. La empresa deberá tramitar el caso según el reglamento interno de trabajo, mientras que, en caso de ser una entidad pública, dará inicio al proceso disciplinario. También puede acudir a la oficina de Recursos Humanos, al Comité de Convivencia Laboral (dispuesto por cada empresa) y a la Oficina de Control Interno, y luego acudir al ente acusador, la Fiscalía.