Transporte

MinTransporte aseguró que fallo de la Corte no afecta facultades ni proyectos de Invir

Ministerio de Transporte

El gabinete resaltó que proyectos actuales del Invías no se afectarán y tampoco se impedirá la suscripción contratos o convenios

07 de octubre de 2024

Juan Camilo Colorado

Canal de noticias de Asuntos Legales

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Mediante un comunicado, el Ministerio de Transporte se pronunció frente a la declaración de inexequibilidad una serie de disposiciones relacionadas con el Decreto de Ley 1961 de 2023 sobre la contratación de Invir y aseguró que las facultades y proyectos no se verán afectados.

La cartera de Transporte resaltó que el fallo de la Corte Constitucional no afecta la existencia de Invir en tanto que la facultad para contratar de manera directa con comunidades y JAC no se expidieron con las normas de creación de Invir, sino que hay otros ordenamientos jurídicos vigentes al respecto.

"La contratación deberá regirse por el Estatuto General de Contratación y demás normas complementarias de la contratación directa y por las excepciones previstas en la normativa vigente", se lee en el comunicado.

Por otro lado, el Ministerio resaltó que los proyectos actuales del Instituto Nacional de Vías no se verán afectados y tampoco se impedirá que se sigan suscribiendo contratos o convenios con organizaciones sociales o sujetos de protección constitucional. Esto porque la contratación directa con dichos sujetos no se originó en las disposiciones que fueron declaradas como inexequibles.

"Es importante destacar que el Decreto Ley 1961 de 2023 fue sancionado mediante las facultades extraordinarias que el Congreso de la República otorgó al presidente Gustavo Petro Urrego en el artículo 368 del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, para la creación de esta nueva entidad, adscrita al Ministerio de Transporte", concluyó el gabinete.