Mockus celebra decisión del Consejo de Estado que mantuvo su curul en el senado
Durante las audiencias para definir el pleito, la Procuraduría desestimó los argumentos de los demandantes
03 de marzo de 2019Contenido
“Estamos muy contentos con la decisión del Consejo de Estado. Siempre hemos confiado en la justicia y reiteramos nuestra convicción de hacer política bien hecha y que eduque”. Con esta frase en su cuenta de Twitter, Antanas Mockus celebró la decisión del Consejo de Estado que falló a su favor por lo que el senador del partido Verde mantendrá su curul en el Congreso.
El alto tribunal, en cabeza de la magistrada Lucy Bermúdez, explicó que en la demanda de pérdida de investidura fue negada por mayoría. La acción judicial fue instaurada por un grupo de ciudadanos que planteó que Mockus estaba impedido por haber ostentado la calidad de presidente de Corpovisionarios, durante los seis meses anteriores a su elección, periodo durante el cual se suscribió un convenio de asociación con la Agencia de Cundinamarca para la Paz y el Posconflicto.
“No hay una sola prueba – dijo Bermúdez – que demuestre que el señor Mockus adelantó alguna gestión tendiente a la obtención de los contratos para la fundación Corpovisionarios de la cual él hacía parte”.
Durante las audiencias para definir el pleito, la Procuraduría desestimó los argumentos de los demandantes e insistió que no era viable la petición en razón a que no había certeza a que el hoy senador hubieses firmado el convenio.
“De conformidad con las pruebas documentales, el Ministerio Público se permite concluir que no le existe certeza afirmar que el señor Antanas Mockus intervino en la celebración del denominado convenio, cuestión de la mayor relevancia para decretar la pérdida de investidura”, dijo en su momento el delegado del Ministerio Público.
La magistrada Bermúdez añadió que la prueba allegada al expediente corrobora que Mockus nunca participó en la celebración del contrato y que el mismos fue suscrito por el otro representante legal de Corpovisionarios.
La decisión fue proferida en primera instancia y aún se desconoce si los demandantes interpongan algún recurso de apelación.