Judicial

MOE explicó el proceso para convocar la Constituyente propuesta por Montealegre

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La Misión de Observación Electoral, MOE, especificó los pasos por los que tendrá que atravesar si se llega a aceptar el borrador de Montealegre

23 de octubre de 2025

Julián Bermeo

Canal de noticias de Asuntos Legales

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La Misión de Observación Electoral, MOE, aclaró mediante una carta los pasos para que la Constituyente que propuso el MinJusticia, Eduardo Montealegre, se lleve a cabo.

Los pasos que se instituye en la Constitución del 1991 para reformarla son: tanto el Senado como la Cámara de Representantes deberán aprobar una ley para que se le pueda preguntar a los colombianos sobre la convocatoria a una Constituyente. Para que esta ley se instaure, se necesita que haya una mayoría a favor en el Congreso.

La ley que se apruebe en el Congreso se deberán especificar temas como: la convocatoria de la Asamblea Constituyente, el número de integrantes de la Asamblea Constituyente, el sistema de elección, los temas de la Asamblea Constituyente y la fecha de su iniciación y su período. “Una vez aprobada la Ley deberá pasar a sanción presidencial”, aseguró la MOE.

La Moe articuló que, “el Presidente de la República remitirá para su revisión a la Corte Constitucional. Sí la Corte aprueba la Ley de convocatoria a la Asamblea Constituyente, esta deberá realizarse entre los 2 a 6 meses siguientes”. El cartón electoral necesitará contener “Opciones de voto ‘Sí’ y ‘No’ a la convocatoria, pregunta que deberá ser lo suficientemente clara, y el listado de los temas que se tratarán en la Asamblea”.

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La MOE aclaró que la convocatoria para que la Constituyente se desarrolle tendrá que ser aprobada en sentido positivo por al menos una tercera parte de los integrantes del censo electoral. Esto vendría a corresponder a alrededor de 12, 9 millones de votos por el Sí.

“Luego de aprobarse la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente y de tener sus integrantes, dentro de los 2 a 6 meses siguientes se llamará a la elección de sus integrantes (...) Una vez conformada la Asamblea se suspende la facultad ordinaria del Congreso para reformar la Constitución durante el período que sesione la Asamblea.”, dijo la MOE.

Finalmente la Asamblea analizará y dará el visto bueno durante el periodo en el que se convocó. “Es posible que la Asamblea decida convocar a la ciudadanía en un referendo para aprobar el nuevo texto o reformas constitucionales a través de un referendo”, aseguró la Misión de Observación Electoral