Pese a desacuerdo, Duque no objetará ley estatutaria de la JEP
227 organizaciones pidieron al presidente sancionar, sin demoras, el documento
18 de febrero de 2019Contenido
El presidente de la República, Iván Duque Márquez, aseguró que pese a las preocupaciones que tiene en relación con la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), que hace varios días fue enviada por el Congreso a sanción Presidencial, piensa objetarla porque ya pasó revisión constitucional.
“Yo no voy a entrar a controversias con la Corte Constitucional, tengo una preocupación, pero desafortunadamente esa preocupación no es objetable porque salió del texto. A mí me parece que no le hace bien al país que delitos como la violación de niños puedan ser considerados, entre comillas, delitos del conflicto porque para mí no hay nada que justifique el atropello a un menor”, dijo el presidente.
En este sentido, el mandatario explicó que pese a que no puede objetar la JEP, sí está considerando la posibilidad de presentar una nueva legislación que permita que estos delitos contra menores de edad no estén incluidos en los beneficios que reciben quienes se acogen a esta jurisdicción, creada en el marco de los acuerdos de paz con la extinta guerrilla de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC).
Sin embargo, Duque sostuvo que es preferible tener Ley Estatutaria de la JEP que no tenerla porque se necesitan normas claras y no la incertidumbre normativa. Agregó que quiere mirar en detalle cada uno de los artículos para poder obrar dentro de sus competencias en los tiempos que me otorga la ley y así tomar las mejores decisiones posibles.
En una carta enviada al presidente de la República, 227 organizaciones solicitaron sancionar sin demoras la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) para garantizar el funcionamiento del órgano que hace parte del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (Sivjrnr).
De acuerdo a la normativa, el presidente tiene 20 días para analizar el documento y proceder a firmarlo. Las únicas razones por las que el presidente puede considerar inconveniente la Ley Estatutaria de la JEP pueden ser de orden económico, social o político, debido a que esta ya tiene aprobación de la Corte Constitucional.