Judicial

Procuraduría formuló pliego de cargos a exalcalde municipal de San Pedro, Valle del Cauca

Los hechos que motivaron la diligencia fueron las presuntas irregularidades en el contrato No. 163 de 2017, suscrito entre el municipio de San Pedro

31 de julio de 2023

Alejandra Rico Muñoz

Canal de noticias de Asuntos Legales

Contenido

La Procuraduría General de la Nación, a cargo de Margarita Cabello, formuló pliego de cargos al exalcalde municipal de San Pedro, Valle del Cauca, Celimo Bedoya, por su responsabilidad de haber suscrito Acta de Entrega, Acta de Recibo Final y pago de un contrato.

Esta Acta fue suscrita sin que se verificara su cumplimiento, consignándose en consecuencia, aparentes falsedades como el afirmar que se había ejecutado el objeto satisfactoriamente, a pesar de que para la fecha, aún no estaban satisfechas todas las prestaciones a las que se había obligado el contratista.

Los hechos que motivaron la diligencia fueron las presuntas irregularidades en el contrato No. 163 de 2017, suscrito entre el municipio de San Pedro y la Fundación Una Mano Más para Vivir, cuyo objeto fue el “Apoyo y acompañamiento en la realización de actividades artísticas y culturales en el marco del Concurso Nacional de Bandas Municipales Luis Mario Lopeda y las Fiestas Patronales del Municipio de San Pedro 2017".

Según el ente de control, el investigado suscribió el acta de liquidación final del contrato, tres días antes de la terminación del concurso de Bandas Municipales, suscribiendo el día 29 de junio de 2017, el acta de entrega, el acta de recibo final y el acta de pago final; luego, el 30 de junio de 2017 suscribió el acta de liquidación final del contrato no. 163-2017, afirmando que recibía a entera satisfacción, procediendo a efectuar el pago final y declarando a Paz y Salvo al municipio de San Pedro por todo concepto.

Con fundamento en el acervo probatorio, la Procuraduría Provincial de Instrucción Buga encontró que el citado funcionario al parecer era consciente de que estaba creando documentos cuyo contenido era manifiestamente fraudulento y alejado de la realidad, el cual no concordaba con el avance de ejecución del respectivo contrato, pues salta a la vista que el plazo de ejecución era de tres meses contados a partir del acta de inicio del contrato (8 de junio de 2017), esto es, hasta el 07 de septiembre de 2017, o por lo menos hasta el término del concurso de bandas municipales esto es, hasta el 03 de julio de 2017.