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Procuraduría pide aval en la Corte para el sistema de defensa técnica para fuerzas militares

24 de septiembre de 2014

Colprensa

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Se trata de la Ley 1698 de 2013 que fue demandada por el ciudadano Iván David Márquez Castelblanco y que dispone la defensa técnica de los uniformados como un conjunto de políticas, estrategias, programas y herramientas para garantizar el derecho a la defensa, tanto en procesos penales como disciplinarios, salvo algunas excepciones.

Dicha norma, entre otros, señala que el Sistema “es responsable de financiar los servicios jurídicos” para los militares, a través de un fondo con independencia patrimonial que será coordinado por el Ministerio de Defensa.

La demanda asegura que la Ley realmente no trata un asunto relativo a la vida militar, sino sobre el derecho a la defensa, por lo que no solo debió ser una ley estatutaria y no ordinaria. Para Márquez Castelblanco hubo igualmente vicios de forma porque la tramitaron las Comisiones Segundas en el Congreso y no las Primeras y porque no hubo votación nominal.

En concepto de 25 páginas enviado a la Corte, la Procuraduría le pide a la Corte que no se pronuncie sobre la demanda, es decir, que la deje tal cual por considerar que los argumentos están mal presentados. Además, señaló el Ministerio Público, que en caso que la Corte sí estudie de fondo, la norma debe ser avalada.

Para la Procuraduría, la Ley sí puede ser ordinaria pues no versa sobre los derechos fundamentales de defensa y acceso a la justicia sino sobre la prestación de servicios jurídicos especializados.

“Por último no está de más afirmar que el núcleo esencial de los derechos y acceso a la justicia de los miembros de la Fuerza Pública ya está garantizado por la legislación vigente y que, en consecuencia, lo que se está haciendo con esta nueva ley es precisar la esfera prestacional del derecho, pues pensar lo contrario sería tanto como decir que los militares no tendrían derecho a la defensa técnica o que esta no podría ejercerse si la presente ley fuera inexistente, lo cual es falso”, precisó la Procuraduría.

Finalmente, el Ministerio Público consideró que no es cierto que el servicio que creó la Ley sea una donación a un particular por los integrantes de las Fuerzas Militares son “subordinados por el Estado”.