Judicial

Procuraduría podrá sancionar pero no destituir a funcionarios elegidos popularmente

Según la Corte Constitucional, la decisión de dar funciones jurisdiccionales a los procuradores no fue correcta

16 de febrero de 2023

Juan Pablo Vargas Cuellar

jvargas@larepublica.com.co
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Así lo decidió la sala plena de la Corte Constitucional que inhabilitó el primer artículo de la Ley 2094 que solo le permitía a los procuradores adelantar investigaciones en contra de funcionarios elegidos por voto popular.

Con la decisión, avalada por una votación de cinco contra cuatro, la rama Judicial permitió que la Procuraduría siguiera sancionado a los funcionarios públicos bajo las reglas que estaban vigentes antes de la aprobación de la Ley.

Según la Corte, la decisión de dar funciones jurisdiccionales a los procuradores no fue correcta, por lo que este órgano deberá regirse bajo las reglas que existían antes de esta ley.

Estas normas, según el documento expedido por la Corte, avala que el ministerio público realice las investigaciones pertinentes a los funcionarios elegidos por voto popular, y de ser necesario, lleve a cabo las sanciones de destitución o inhabilidad que considere.

Con esto, las sanciones que decida el órgano solo serán ejecutadas cuando se remita al Consejo de Estado y que es un juez administrativo (y no penal), lo determine.