¿Qué pasaría si se tumba el decreto del incremento de 23,7% en el salario mínimo?
Esta no sería la primera vez que un decreto del salario mínimo se caería en las altas cortes. En 2017 sucedió en el Gobierno Santos
17 de enero de 2026Contenido
El incremento de 23,7% que tuvo el salario mínimo este año, para llegar a los $2 millones con el subsidio de transporte, sigue generando críticas y ya tiene varias demandas en el Consejo de Estado que amenazan su permanencia.
En ese contexto la pregunta sería: ¿Qué pasaría con los salarios que ya se pagaron bajo ese nuevo monto?
En este caso, la eventual caída del decreto plantearía un escenario en el que debe definirse si esos pagos se mantendrían como válidos o si se requeriría algún tipo de corrección.
Con razón de esto, se han presentado algunas tutelas en las cuales se solicita que se suspenda temporalmente el decreto. Además, Fenalco radicó una demanda en la que solicita lo mismo.
Andrés Velásquez, socio de Velásquez Osorio Abogados, indicó que para él hay una posibilidad “importante y real” de que el decreto sea suspendido y “ulteriormente anulado”, aunque indicó que esto dependería de las demandas de nulidad simple que sean presentadas. Velásquez aseguró que las demandas deben demostrar que el decreto tiene falta o falsa motivación y que además es contrario a la ley y la Constitución.
Asimismo, explicó que lo que ya ha sido pagado no se debe devolver, aunque luego de la suspensión o anulación se deberá regular mediante otro decreto el incremento que por norma corresponda.
Por su parte, Mauricio Montealegre socio de Pérez-Llorca, Gómez-Pinzón, explicó: “los salarios que ya se han pagado son considerados un derecho adquirido que se entiende consolidado en el patrimonio del trabajador. En este sentido, en caso de caerse el Decreto que aumenta el salario en un 23%, no ocurriría ningún efecto legal ni económico para el pasado”.
Dijo que esto es por el “efecto retrospectivo” que tiene el decreto en materia laboral, el cual dice que supone que no se afecten los derechos consolidados de los trabajadores, y regiría exclusivamente para el futuro.
“En este orden de ideas, en caso de no existir el decreto, por la razón jurídica que fuere, podrá cambiarse el monto del salario mínimo para el futuro cumpliendo los parámetros legales, es decir, reducirse al monto que corresponda por el periodo que no se hubiera pagado, y ajustarse al mínimo legal que esté vigente”, señaló Montealegre.
Los expertos también indicaron que habría un riesgo con la suspensión del decreto y sería un posible revuelo social, esto debido al descontento que se generaría en los trabajadores que hayan cobrado su monto en enero y luego reciban otro distinto en febrero o el mes siguiente a la posible anulación.
Cabe resaltar que este ha sido el incremento más alto de los últimos años, con este aumento el salario mínimo para este año se situó en $1.705.905, mientras que el auxilio de transporte es de $249.095, con lo cual se suma un total de $2 millones.
Con este incremento, Colombia se convirtió en el quinto país con el salario mínimo más alto en Latinoamérica, los primeros son Costa Rica y México.
Antecedentes
Esta no sería la primera vez que se anule un decreto del salario mínimo. En una sentencia de 2017 se anuló el decreto 2552 del 30 de diciembre de 2015, mediante el cual el gobierno del entonces presidente Juan Manuel Santos había fijado el aumento del salario mínimo para 2026.
Esto se habría dado por falta de motivación en la claridad técnica y objetiva del incremento porcentual del mínimo, “esas mismas falencias se vislumbran en el decreto 1469 de 2025”, señaló Velásquez.