Consumidor

¿Me devuelven mi dinero si cancelo un viaje por miedo a contagiarme de covid-19?

Las aerolíneas Latam, Avianca y Copa Airlines le permiten a sus clientes reprogramar sus viajes en 2021

16 de mayo de 2020

Daniel Rojas Castañeda

Canal de noticias de Asuntos Legales

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La pandemia generada por el covid no solo llevó a muchos a quedarse en sus casas como una medida de seguridad adoptada por el Gobierno, sino que también generó que se cancelaran los viajes tanto nacionales como internacionales, que con tanto anhelo una gran mayoría de colombianos suele planificar con cierta anticipación. Además, pese a que se espera que se reabran los cielos próximamente, muchas personas que iban a volar a final de año se preguntan si les devolverán o no su dinero en el caso de cancelar por miedo al contagio.

Tan solo el año pasado en los aeropuertos de Colombia, según el último informe entregado por la Aerocivil, pasaron más de 41 millones de pasajeros nacionales e internacionales. Por eso es razonable preguntar para tantos qué derechos tienen en medio del covid-19.

De acuerdo con el decreto 482 emitido por el Gobierno Nacional y el Ministerio de Transporte, en el artículo 17, se permite que en aquellos casos donde los usuarios decidan presentar su derecho de retracto, desistimiento y otras circunstancias de reembolso, se podrán hacer las devoluciones a cambio de los servicios prestados por la misma aerolínea.

Ello quiere decir que las aerolíneas no estarían obligadas hacer una devolución de dinero sino que los pasajeros podrían reprogramar el vuelo en cualquier fecha del año, cambiarlo por un pasaje de avión abierto por el mismo valor, o un voucher que le permita comprar alguno de los productos ofrecidos por la empresa.

LOS CONTRASTES

  • Carolina Polanco Miembro del área de Propiedad Intelectual de PPU

    “El derecho de retracto procede para cualquier tipo de tarifa, incluyendo las promocionales. Este derecho debe ser ejercido dentro de los términos establecidos por la normatividad vigente para el momento”.

  • Mónica ArangoSocia CMC Abogados

    "Pues por ahora, desde el punto de vista legal, en mi opinión las aerolíneas no están obligadas a reembolsar el dinero, bajo ninguna circunstancia, pues no hay excepciones en el artículo".

Desde Latam, por ejemplo, explicaron que están brindando diferentes opciones para sus clientes, en el caso de los vuelos cancelados o reprogramados entre el 14 de marzo y el 31 de mayo, se podrá cambiar su fecha de viaje sin pago por penalidad ni diferencia tarifaria para viajar hasta el 31 de diciembre. Si de pronto no se tienen las fechas estimadas de cambio, la aerolínea podrá optar por dejar su vuelo abierto para solicitar el cambio después. También se están entregando una especie de travel voucher, por el monto, para ser canjeado posteriormente por otros servicios de la empresa.

Por su parte, Avianca está entregando un bono por el valor de la compra que se puede usar en uno o varios viajes; elegir el destino que se quiera hasta el 30 de junio de 2021 y no tendrá ningún tipo de penalidades de reembolsos. Mientras que Copa Airlines les facilita a sus clientes modificar sus itinerarios libres de cargos en boletos adquiridos hasta el 20 de junio de 2020 y permite hacer el cambio hasta el 31 de diciembre de 2021.

“Desde el inicio de esta crisis, en Copa Airlines hemos estado trabajando día y noche para ofrecerle distintas opciones a nuestros apreciados clientes, que les permitan gestionar sus reservas de la manera que mejor se ajuste a sus necesidades”, afirmó Diana Mizrachi, directora senior de experiencia del cliente de Copa Airlines.

La abogada Mónica Arango, socia CMC Abogados, explicó que en términos legales el hecho es prudente ya que de acuerdo con el artículo 1882 del Código de Comercio y la parte tercera de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, establece que cuando un viaje no pueda realizarse por causa de fuerza mayor, el transportador queda liberado de responsabilidad pudiendo devolver el precio del tiquete. “Los reglamentos permiten que se le ofrezca otra forma de pago, como por ejemplo vouchers de servicios, siempre y cuando el pasajero lo acepte. El Decreto autoriza a las aerolíneas a ofrecer sus servicios como reembolso, así el pasajero prefiera el reembolso”, aseguró Arango.

Sin embargo, muchos están preocupados pensando si lo mismo aplicaría para los pasajes aéreos de bajo costo o si podrían llegar a cancelar el vuelo por incumplir algunos de los reglamentos estipulados por cada una de las empresas. Pero al igual que en los casos anteriores no se aplican dichas políticas.

Si en dado caso llegase a tener algún inconveniente con cualquiera de las aerolíneas, la entidad encargada de vigilar a las mismas es la Supertransporte, por lo que si alguna de las solicitudes no es atendida de conformidad con la normativa se puede realizar una denuncia.