¿Quién es el encargado de la gestión ambiental de las llantas usadas que se comercializan en el país?

Juan Gabriel Uribe

En el marco de la gestión ambiental de llantas usadas, este ministerio expidió la Resolución 1457 de 2010, estableciendo a cargo de los productores de llantas que se comercializan en el país, la obligación de formular, presentar e implementar los Sistemas de Recolección Selectiva y,. Gestión Ambiental de Llantas Usadas, con el propósito de prevenir y controlar la degradación del ambiente. En el artículo 3, ibídem, incluye la definición de aprovechamiento y/o valorización de llantas usadas, como la “recuperación y el procesamiento de las llantas usadas, con el objeto de destinarlas a los mismos fines a los que se destinaban originalmente mediante el reencauche o a otros procesos como el reciclaje”.

 El artículo 7, ibídem, incluye a identificación y domicilio de las personas naturales o jurídicas seleccionadas para realizar la recolección, transporte, almacenamiento, aprovechamiento y/o valorización de las llantas usadas, anexando los respectivos permisos, concesiones y demás autorizaciones ambientales a que haya lugar. El artículo 10 establece las siguientes metas mínimas de recolección: “a) A más tardar el 31 de noviembre de 2010 los productores deberán iniciar el proceso de recolección de llantas usadas. b) A partir del año 2012 deberán asegurar la recolección y gestión ambiental mínimo anual del 20%. c) En los años posteriores se debe garantizar incrementos anuales mínimos del 5% hasta” alcanzar el 65% como mínimo”.