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Ratifican suspensión de Guido Echeverri Piedrahita

Colprensa

30 de agosto de 2016

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De acuerdo al recurso con el que se buscaba evitar la suspensión del funcionario, se habría violado el debido proceso al demandado por no haberle corrido traslado de la solicitud que cursaba en la Corporación, sin embargo, el Consejo de Estado con ponencia de la magistrada Lucy Jeannette Bermúdez, explicó que cuando el accionante aspira a que el juez contencioso decrete una medida de esta naturaleza, no es obligatorio que el accionado reciba traslado del requerimiento que persigue tal suspensión.

El alto tribunal aclaró que en el caso concreto del gobernador Echeverri procedía la suspensión en grado de urgencia, dado que “en el entendido en que su tardía adopción terminaría por avalar la elección de un candidato que, como se demostró en esta etapa procesal, está incurso en la prohibición constitucional”. Además, el Consejo de Estado  dijo que la Sección Quinta era la máxima instancia contenciosapara juzgar el acto.