La reciente norma que permitirá mejorar la logística y los trámites virtuales en las aduanas del país
La nueva normativa tiene pocas semanas, pero su implementación ya significa una mejora en algunos aspectos del Decreto 1165
14 de mayo de 2021Contenido
Desde el pasado 8 de mayo entró en vigencia el nuevo Decreto de corte aduanero 360 del 7 de abril de 2021. La nueva normativa tiene pocas semanas, pero su implementación ya significa una mejora en algunos aspectos del Decreto 1165 de 2019, normativa que se modificó con las nuevas disposiciones.
Las mejoras del Decreto
Con el fin de precisar las mejoras y nuevas sanciones que trae consigo el Decreto, Asuntos Legales habló con Ricardo López Sánchez, socio y vicepresidente de Araújo Ibarra Consultores, quien afirmó, en primer lugar, que la logística fue uno de los cambios más notorios de la normativa.
“El Decreto les permite a las agencias de aduanas hacer prestación de depósito, consolidación y desconsolidación de carga y servicios de transporte. Estas agencias tenían prohibición expresa de prestar esos servicios. Como ahora se permite, esto facilita la implementación de servicios integrales de logística”, afirmó López Sánchez.
En segundo lugar, el abogado afirmó que el comercio electrónico obtuvo una ventaja normativa, pues se derogó el límite de exportación de envíos urgentes. Ahora se puede exportar paquetes que superen US$5.000, pues antes este era el valor máximo.
“Lógicamente, la mercancía que sale debe cumplir con los vistos buenos y autorizaciones de otras entidades como el Ica e Invima. Sin embargo, ya no hay límite de valor, lo cual ya no frena a los emprendedores y empresas”, aseguró López Sánchez.
En materia de notificación, los usuarios relacionados con aduanas ahora podrán acceder a actos administrativos y fallos de los recursos interpuestos por medio de correo electrónico, los cuales son anunciados por la Dian. Así mismo, el Decreto autorizó el uso de documentos electrónicos como soportes de importación, exportación y declaraciones de tránsito aduanero.
Sanciones, lo no tan bueno
López Sánchez afirmó que en el tema sancionatorio hubo un cambio importante en la normativa aduanera. Este nuevo Decreto dicta que, si los documentos relacionados con las importaciones de TLC con otros países presentan irregularidades, se cobrará 20% del total de la mercancía que entre al país. Para el asociado en Araújo Ibarra, se trata de una medida que puede afectar los mismos Tratados de Libre Comercio que son la base de la sanción.
“Es una sanción muy desproporcionada porque cuando se traen bienes de los países con los que se tiene un acuerdo, el arancel que se ahorra es de 5% para abajo. Por esta razón, la sanción de 20% es muy elevada y puede generar otros efectos negativos como desestimular la utilización de los acuerdos de libre comercio”, agregó.