“Reforma encaminada a rebalancear las cargas fiscales es una necesidad nacional”
Juan Guillermo Ruiz, socio de Posse Herrera Ruiz, y experto en tributaria, dijo que faltan medidas para el contribuyente
16 de mayo de 2020Contenido
A muchos les preocupan los anuncios hechos por el ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, quien dijo que después de la crisis el país tendrá que pensar en una reforma tributaria para poder pagar las deudas que se están adquiriendo en este momento. En entrevista con AL, Juan Guillermo Ruiz, socio de Posse Herrera Ruiz y quien dirige el departamento de planeación tributaria, impuestos, aduanas y comercio exterior, explicó que es necesario rebalancear las cargas fiscales del país.
¿Cuáles son las mayores consultas o preocupaciones que han surgido en estos momentos por parte de los clientes en temas tributarios?
Varios temas son objeto de frecuentes consultas en esta coyuntura. Algunas se refieren al reto del cumplimiento tributario en una situación en la que el flujo de caja de muchas empresas está siendo seriamente afectado. Muchas se refieren a la aplicación e interpretación del alcance de las medidas de emergencia con impacto tributario en las empresas o en las personas naturales. Otros están analizando ajustes en sus proyectos y nos consultan el impacto tributario que podrían tener estos ajustes. Todo ello sumado a las consultas normales de las distintas operaciones y transacciones que no se han detenido.
¿Qué le han parecido las medidas que ha adoptado el Gobierno hasta ahora?
Son medidas, sin duda, convenientes y reflejan un esfuerzo significativo por parte del parte del Gobierno, pero a mi juicio continúan siendo insuficientes para la coyuntura que enfrentan los contribuyentes. Frente a las circunstancias, me parece que pueden existir tres tipos de medidas en este frente. El Gobierno hasta ahora está implementando solo las primeras. Las medidas podrían ser, de alivio en los plazos de cumplimiento, de alivio en los saldos proyectados a pagar y, finalmente, en la carga tributaria.
Sobre las primeras ya se han emitido disposiciones encaminadas a conceder plazos adicionales para el pago del impuesto de renta en el período gravable 2020. Faltan medidas encaminadas a reducir el saldo a pagar que se liquida en las declaraciones. En materia de impuesto de renta debería evaluarse, por lo menos temporalmente, la reducción de los porcentajes de retención en la fuente y de liquidación de anticipos correspondientes al impuesto del período gravable siguiente. Estas retenciones y anticipos imponen un recaudo anticipado del impuesto tanto del período gravable corriente, como del período gravable siguiente.
Nada puede ser más inconveniente en esta coyuntura que mantener un sistema de recaudo anticipado del impuesto de renta. Este sistema conduce en muchísimos casos a liquidar saldos a favor de los contribuyentes, cuyas devoluciones automáticas ahora pueden realizarse en virtud del Decreto 535 de 2020. No pocos contribuyentes están teniendo problemas para obtener estas devoluciones por los denominados perfiles de riesgo que conducen a suspender los procesos. Lo mejor sería no tener estos saldos a favor.
¿Qué retos adicionales tienen en estos momentos las empresas?
Las compañías enfrentan grandes retos de carácter económico y organizacional. La motivación y unidad de las organizaciones, la salud de todas las personas y sus familias, la protección del empleo, el manejo del flujo de caja, la relación con los clientes, el nuevo entorno competitivo, los ajustes a una economía más digitalizada, muchos retos, todos a la vez. En materia tributaria, el mayor reto es el cumplimiento y la eficiencia en estos momentos.
¿Qué alternativas tendrían los contribuyentes que no han sido cobijados por alguna de las medidas fiscales adoptadas?
Los contribuyentes que tengan imposibilidad de pagar podrían acudir a acuerdos de pago con la autoridad tributaria. Esta, sin embargo, sería una medida difícil de entender si antes no se han tomado otras encaminadas a liquidar un saldo a pagar adecuado. Eliminar anticipos, por ejemplo, es una gran necesidad.
Resultaría incomprensible que en esta coyuntura se pida a un contribuyente un acuerdo de pago por un saldo que incluye la liquidación del impuesto del periodo subsiguiente que ni siquiera se ha realizado.
La responsabilidad de exigir a los contribuyentes una carga adicional que en muchos casos no pueden soportar, lejos de convertirse en una solución, sería agravar el problema.
¿Qué opina de las afirmaciones del ministro de Hacienda sobre la posibilidad de realizar una nueva reforma tributaria después de la pandemia?
Las reformas tributarias infortunadamente han sido entendidas en Colombia como un mecanismo básicamente orientado a incrementar los recaudos. No tengo duda que una reforma encaminada a rebalancear las cargas fiscales es una necesidad nacional. Pero no una reforma tributaria para gravar adicionalmente a los contribuyentes cumplidos. El presidente Iván Duque ha manifestado que no es oportuna una reforma tributaria en este momento.
A grandes rasgos y como tercer tipo de medidas encaminadas a la reactivación económica, yo consideraría entre otras, la eliminación de exclusiones en materia de IVA, lo cual incrementaría sustancialmente el recaudo.
Adicional a ello, evaluaría reducir entre tres y cinco puntos la tarifa del impuesto de renta para sociedades y eliminaría el sistema de anticipos; pensaría en reducir dos o tres puntos la tarifa del IVA y disminuir el impuesto a los dividendos a 5%; además de eliminar el impuesto al patrimonio.
¿Cuáles van a ser algunos de los retos para los abogados en su área en estos momentos?
Tenemos muchos retos comunes con todas las sociedades de servicios y en general con todas las prácticas de asesoría. Ser cada vez más asertivos, con una mayor capacidad de agregar valor con nuestra discusión legal y tributaria. Enfrentamos retos comunes relacionados con la digitalización de la asesoría y de los servicios. De alguna manera tenemos que reorganizar nuestro modelo de negocios cada vez focalizándolo mas en las necesidades de los clientes y en sus expectativas de servicio.