Judicial

Ricardo Roa pidió al Tribunal Superior revisar y declarar caducidad a sanción del CNE

ANH

El presidente de Ecopetrol aseguró que la decisión del organismo electoral vulneró sus derechos a la defensa técnica y al debido proceso

28 de noviembre de 2025

Sara Ibañez Pita

Canal de noticias de Asuntos Legales

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La salpicada a Ricardo Roa en la sanción que el Consejo Nacional Electoral, CNE, le impuso a la campaña del presidente Gustavo Petro de 2022 fue, quizás, la más importante de todas. En su cuenta de X, el presidente de Ecopetrol se pronunció sobre la decisión y aseguró que acudirá a todas las instancias judiciales que correspondan para defenderse.

"Siempre he creído y confiado en la justicia. Aquí se trata de una decisión administrativa que tiene recursos, a los que acudiremos con todas las herramientas jurídicas pertinentes", escribió.

Roa también resaltó que esta no esta no es una decisión definitiva y, por tanto, seguirá demostrando su buen proceder en todos los cargos que ha ejercido. Afirmó que "confío plenamente en que, luego del recurso de reposición que interpondremos en tiempo, la decisión no podrá ser diferente a absolvernos de todos los cargos o a declarar la caducidad de la decisión".

Uno de los primeros recursos a los que acudió fue el de la tutela, la cual presentó ante el Tribunal Superior de Bogotá en la que pidió revisar a profundidad la decisión y declarar su caducidad.

"Acudo respetuosamente a su despacho para poner de presente hechos sobrevinientes de extrema relevancia y aportar argumentos jurídicos que confirman la urgencia manifiesta de la intervención de juez constitucional", se lee en inicio del documento.

Ricardo Roa

Roa recordó que el CNE adoptó la decisión de imponerle sanciones administrativas y pecuniarias porque el fue el gerente de la campaña de Petro hace tres años; sin embargo, indicó que el fallo prescindió de la práctica de pruebas técnicas esenciales que debieron haber sido decretadas por el organismo electoral.

El presidente de Ecopetrol indicó que, con estas actuaciones, fueron violados sus derechos a la defensa técnica y al debido proceso. "Es imperativo precisar que, pese al despliegue mediático, el acto administrativo sancionatorio carece de firmeza y, por ende, no goza de fuerza ejecutoria en este momento procesal", agregó.

Roa también aseguró que el caso requiere de intervención constitucional de forma procedente y urgente, en aras de evitar que "una actuación viciada se consolide en el mundo jurídico". "Mi postura se sustenta en el régimen de firmeza de los actos administrativos consagrados en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo", agregó.

Ricardo Roa

Sobre este punto, también avocó al artículo 79 del Cpaca, el cual establece que el recurso de reposición da lugar a un efecto suspensivo sobre el acto administrativo. "Esto implica que la decisión del CNE no nace a la vida jurídica con atributos de ejecutividad hasta tanto no se resuelva dicho recurso", precisó Roa.

Cabe recordar que el CNE sancionó la campaña de Petro porque encontró que se violaron los topes electorales establecidos en primer y segunda vuelta, después de que los magistrados efectuaron la votación sobre la ponencia elaborada por los magistrados investigadores Benjamín Ortiz y Álvaro Hernán Prada y en la que participaron dos conjueces.

Las sanciones, además de recaer en Roa, también se impusieron contra Lucy Mogollón, en su calidad de tesorera; y Mary Lucy Soto, como auditora. Asimismo, deberán asumir multas los partidos Colombia Humana y la Unión Patriótica.