Santorini y Santino evitaron registro de italiana Santoni
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La Superintendencia de Industria y Comercio negó en primera instancia el registro de la marca Santoni solicitada por la empresa italiana del mismo nombre y declaró fundada la oposición de Santorini y Santino que argumentaban similitud y riesgo de confundibilidad con sus signos.
Sin embargo, la italiana no presentó recurso, lo que significa que la decisión está en firme.
Santoni solicitó el registro de su marca el 29 de febrero de 2012 para amparar productos comprendidos en la clase 18 de la Clasificación Internacional de Niza, es decir, cuero e imitaciones, maletas, sombrillas, bolsos deportivos, billeteras, correas de cuero, entre otros.
Por su parte, Santorini es una marca colombiana dedicada a la producción y comercialización de zapatos, botas y accesorios. Tiene presencia en los principales centros comerciales del país, en ciudades como Bogotá, Medellín, Manizales y Tunja. De otro lado, Santino, es una marca solicitada por Livia Giraldo Montoya, quién en última instancia obtuvo su signo para la clase 25 internacional con vigencia hasta 2021.
“Nosotros en calidad de apoderados de Livia Giraldo Montoya formulamos una demanda de oposición con base en la marca Santino clase 25”, explicó Carolina Vera, abogada de Vera Abogados.
“Para la Dirección de Signos Distintivos de la SIC, la marca solicitada Santoni presenta un impacto sonoro similar con la marca Santino registrada por la señora Livia Giraldo Montoya. Adicionalmente, los productos de la clase 18, pretendidos por la sociedad solicitante, presentan relación de complementariedad con algunos productos de la marca registrada, tales como zapatos, abrigos y chaquetas, productos de la clase 25, los cuales se fabrican en cuero”, agregó Vera.
Al respecto, Sandra Valderrama, abogada experta en propiedad industrial de la firma E&VIP Abogados y apoderada de Santorini, resaltó el hecho de que las marcas colombianas hubieran ganado el pleito con la extrajera. “Es un gran logro que empresas locales consigan que la Oficina de marcas niegue signos extranjeros”, enfatizó.
Ante las oposiciones, la firma italiana afirmó que la expresión “SAN” no es apropiable en exclusiva por ningún particular y además aseguró que entre los signos enfrentados “existen diferencias visuales e ideológicas” y adicionalmente dijo que las marcas opositoras coexisten pacíficamente en las clases 18, 25 y 35.
Posteriormente, y luego de recibir los argumentos y las pruebas de las partes, la Dirección de Signos Distintivos de la SIC procedió a realizar el examen de registrabilidad . De esta manera, esta Oficina explicó que luego de analizar los signos enfrentados, “después de un impacto general, son susceptibles de crear confusión en cuanto Santoni presenta un impacto sonoro similar con las marcas Santorini, Santino y SMS Santini”. Así mismo, agregó que la marca solicitada pretende identificar productos de la misma naturaleza de los que identifican las marcas registradas, (zapatos, bolsos, botas), así advirtió que existe una relación de complementariedad entre los productos que se pretende amparar los inherentes a las marcas previamente registradas-
Finalmente, la oficina dijo que el signo objeto de la solicitud de registro está incurso en el causal de irregistrabilidad establecida en el artículo 136, literal a de la Decisión 486 de la Comunidad Andina.
Otro registro
Dentro de la base de datos de la Superindustria se encuentra la marca SMS Santini de Santini Maglifico Sportivo di Santini P&C.S.A registrado para distinguir calzado, vestidos y sombrerería, la cual coexiste con los signos opositores. LR intentó contactar a los apoderados de la firma italiana Santoni pero hasta el cierre de esta edición no se obtuvo respuesta.
La opinión
Sandra Valderrama
Apoderada de Santorin
El 29 de febrero de 2012 la sociedad Santoni Societa´ Per Azoni, domiciliada en Via Monte Napoleone (MI), Italia, solicitó el registro de la marca mixta Santoni para distinguir productos de la clase 18. Al respecto, Santorini y Livia Giraldo Montoya presentaron oposición.