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Se fijan los nuevos beneficios monetarios para los cesantes

03 de febrero de 2014
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Por el cual se desarrolla el esquema de ahorro de cesantías, se establece el beneficio económico proporcional al ahorro en el mecanismo de protección al cesante y se dictan otras disposiciones.

Que la finalidad del Mecanismo de Protección al Cesante, establecido por la ley 1636 de 2013, es articular y ejecutar un sistema integral de políticas activas y pasivas de mitigación de los efectos del desempleo y facilitar la reinserción de la población cesante en el mercado laboral.

Que las cesantías de los trabajadores dependientes constituyen uno de los componentes del Mecanismo de Protección al Cesante y que éstos pueden decidir voluntariamente el ahorro que sobre las mismas harán para dicho Mecanismo, conforme lo prevén los artículos 2 y 7 de la ley 1636 de 2013.

Que los trabajadores independientes, según lo prevé el inciso 2 del artículo 7 de la ley 1636 de 2013, también pueden ahorrar voluntariamente para acceder al mecanismo de protección al cesante, mediante el esquema de las cesantías.

Que los trabajadores dependientes, incluidos los remunerados bajo la modalidad de salario integral y los independientes que voluntariamente ahorren parte o la totalidad de sus cesantías con el fin de acceder al mecanismo de protección al cesante, recibirán un beneficio monetario proporcional a su ahorro, el cual se hará efectivo en el momento en que queden cesantes y se pagará con cargo al Fondo de Solidaridad de Fomento al empleo y Protección, Cesante, Fosfec, bajo administración de las cajas de compensación familiar.

Que en cumplimiento de lo ordenado en la ley 1636 de 2013, es necesario establecer el beneficio monetario proporcional que recibirán los trabajadores dependientes e independientes que realicen dicho ahorro.

Capítulo II
Beneficio monetario proporcional por ahorro de cesantías para trabajadores dependientes.

Artículo 10. Beneficio monetario proporcional por ahorro de cesantías para el Mecanismo de Protección al Cesante. El beneficio monetario proporcional que recibirán los trabajadores que voluntariamente realicen el ahorro de las cesantías, estará sujeto al tiempo de ahorro, al ingreso del trabajador y al monto del ahorro realizado.

Capítulo III
Beneficio monetario proporcional por ahorro para trabajadores independientes y de salario integral.