Se mantiene en firme el procedimiento de eutanasia de Martha Sepúlveda por orden de juez

Además, el Ministerio de Salud le solicitó a la Corte Constitucional aclarar los alcances del fallo que amplia el acceso a más pacientes.

Diego Andrés Stacey Salazar

Luego de que hace unas semanas la IPS Indocol le anunciara a Martha Sepúlveda que no podía practicarle el procedimiento de eutanasia como lo habían establecido, la mujer interpuso una acción de tutela para que se protegiera su derecho a la muerte digna.

El juez 20 del circuito de Medellín falló a favor de la mujer y ordenó a Indocol practicarle el procedimiento a Sepúlveda, que mantenía su decisión de proceder con la muerte médicamente asistida.

“La reafirmación de mis derechos en este momento tan complejo de mi vida me llena de alegría y reafirma mi confianza en la justicia y los funcionarios que la hacen real y viva de cara a los ciudadano”, indicó Sepúlveda, paciente de ELA, una enfermedad degenerativa. Esta aún podría ser la primera vez en Colombia que se practique una eutanasia a un paciente no terminal. No obstante, no se ha fijado una fecha para tal efecto.

Ante todo lo sucedido, el Ministerio de Salud le pidió a la Corte Constitucional aclarar los alcances del fallo más reciente, que amplió el acceso a la eutanasia a las personas que padecieran enfermedades sin cura, con dolores insoportables.

Según la cartera ministerial, la decisión sería “ambigua”, pues no explicaría quiénes exactamente pueden tener este derecho. Por último, MinSalud solicitó claridad porque no sabe cómo reglamentar sobre el tema.


TEMAS

eutanasia - Ministerio de Salud - Corte Constitucional