Sentencia de la Dirección de Derecho de Autor contra Cable Cauca Comunicaciones

Colprensa

Egeda Colombia habría demandado a la entidad por la reproducción de contenido audiovisual sin autorización.

Sofía Solórzano Cárdenas

La Dirección Nacional de Derecho de Autor (Dnda), sentenció a la sociedad Cable Cauca Comunicaciones S.A.S y a su representante legal, Yesid Cerezo, por la emisión de obras audiovisuales sin previa autorización.

La Entidad de Gestión Colectiva de Derechos de los Productores Audiovisuales de Colombia (Egeda Colombia) fue la encargada de promover la decisión.

La demanda interpuesta por Egeda Colombia señalaba a Cable Cauca por omitir la normativa vigente y de propiedad intelectual que se impone a su actividad, con lo que infringían “ sin justificación alguna los derechos de los productores audiovisuales”, concluía el documento.

En la sentencia se dijo que la entidad demandada vulneró el derecho patrimonial de comunicación pública de los productores asociados y representados por Egeda Colombia.

Así, la Dnda condenó a la sociedad Cable Cauca Comunicaciones y a su representante legal a pagarle a Egeda Colombia la suma de $211 millones.


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