SIC aclara que los movimientos no son marcas
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.Ante las versiones de varios abogados de propiedad intelectual que afirman que los movimientos de los personajes se pueden convertir en marca cuando amparan un producto y servicio, el Superintendente delegado para la Propiedad Industrial, José Luis Londoño, rechazó dicha posibilidad.
Explicó que “un gesto podría ser entendido como un signo si, aplicado a un producto o servicio, es distintivo, esto es, un envase de una bebida, o una prenda de vestir o un servicio de comunicaciones, siempre que logre que el consumidor lo diferencie del producto o servicio mismo, así como que identifique su origen empresarial a fin de no confundirse con otros signos de otros empresarios.
No obstante, no ocurre lo mismo con los movimientos, pues en ninguna parte la norma establece que estos pueden ser registrados como marcas ya que no son signos mientras el gesto captura de manera estática si puede serlo”.
Así mismo, agregó que el gesto tiene la posibilidad mencionada si es entendido como imagen, retrato o figura, “que en todo caso hace referencia a una expresión estática no pudiendo argumentarse que la combinación de varias imágenes estáticas creen un movimiento distintivo como marca y cumpla con los requisitos, pues sería tanto como decir que una película u obra audiovisual es marca o que la forma de caminar de alguien también lo sea”. Enfatizó en que un movimiento no podría ser marca, pues cualquier persona podría actuar de manera parecida, sin que el consumidor lo asocie a un producto y origen empresarial.