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SIC solicita suspender las frases “engañosas” de Despegar.com

24 de octubre de 2013

Mateo Jaramillo

Canal de noticias de Asuntos Legales

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Por segunda vez, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ordenó a Despegar.com, a título de medida cautelar, suspender la frases publicitarias en las que afirma tener “los mejores precios” de tiquetes aéreos en el mercado colombiano.

La historia empezó en julio de este año cuando la SIC ordenó a Despegar.com suspender en su publicidad el uso del lema “El mejor precio para tu viaje” tras la denuncia de la agencia de viajes Aviatur de que la frase no es cierta y podría engañar al público.

La medida daba un plazo máximo de 10 días hábiles, a partir de la notificación, para sacar de su página de Internet la publicidad. Es decir, que Despegar.com tuvo hasta el 20 de agosto para retirar la frase.

Sin embargo, dos días después de haberse vencido el plazo, Aviatur presentó un memorial en el cual afirmaba que el 21 de agosto en el portal virtual de Despegar.com aún existía un video en el cual se afirmaba que la firma de viajes ofrecía “El mejor precio para tu viaje”.

Al mes siguiente, Aviatur advirtió que ya no era el uso del lema en disputa el que estaban usando para ofertar sus viajes, sino que pretendía convencer al consumidor con afirmaciones tales como “el mejor precio”, “los vuelos más baratos”, “las mejores tarifas”, “las mejores tarifas disponibles” y “el mejor precio garantizado”, con lo cual se estaría desacatando la orden proferida por la SIC. Por estas razones, solicitó al despacho “decretar el cierre del portal Web de la demandada de manera definitiva”.

Los representantes legales de Despegar.com advirtieron que la prueba sobre el video el día 21 de agosto denunciada por Aviatur, no era suficiente para indicar que había incumplimiento de la orden de suspensión debido a que el anuncio hacía parte del contenido multimedial de Youtube fue publicado por una persona jurídica diferente a ellos.

“No estaría en condiciones de suspender el uso de la publicidad anunciada en Youtube por otra persona jurídica que es ajena al proceso”, afirmaron los apoderados en la contestación.

Así mismo, se pronunciaron con respecto a las acusaciones posteriores sobre el uso de lemas similares a los de la orden de suspensión proferida por la SIC.

La SIC afirmó que la existencia de un video con la frase “El mejor precio para tu viaje”, sí existió en la página del portal cuestionado. Aun así, indicó que “el incumplimiento de la medida cautelar solamente se circunscribe a un día” y por lo tanto “el despacho no encuentra razón para sancionar a la pasiva”. No obstante, advierte a Despegar.com que si reincide en este tipo de actuaciones, le impondría una sanción.

El experto en propiedad industrial, Emilio García, afirma que la ley prohíbe este tipo de frases, tanto “desde el punto de vista marcario, la ley prohíbe como causal de registrabilidad frases laudatorias, porque pueden crear un riesgo de confusión en el consumidor (una característica única de un producto que no tiene). Así mismo, desde el punto de vista del consumidor, se conoce como publicidad de tono excluyente aquella que puede generar un juicio equivocado sobre un producto o servicio”.

El pasado 4 de octubre la SIC, además de declarar el incumplimiento del auto de julio, ordenó suspender las frases mencionadas o “cualquier otra frase que haga referencia al mejor precio en el mercado”.