Strings no pudo registrar ‘Escalona’ porque le pertenece al músico
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Musicales Strings E.U., no logró el registro de la marca Escalona en la clase 15 de la clasificación internacional de Niza, que hace alusión a cassettes, equipos de vídeo, radios parlantes y demás, pese a su insistencia legal ante la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, que encontró fundada la oposición presentada por Luz María Zambrano, esposa de Rafael Escalona (2009), considerado uno de los mejores exponentes del género vallenato y quien fuera embajador de Colombia en Panamá durante la presidencia de Alfonso López Michelsen.
En el primer fallo, el ente se negó a conceder el registro solicitado por la organización musical, argumentando que los productos que pretendía identificar Musicales Strings E.U., se relacionaban directamente con los de la marca previamente registrada y esto podría afectar y diluir el signo notorio en el mercado.
El archivo de la SIC señaló que “es evidente que ambas marcas pretenden identificar productos relacionados con la música, ya sea como instrumentos musicales o como elementos o equipos para la utilización de la misma, por lo que podrían empezar a compartir los mismos canales de comercialización y utilizar los mismos medios publicitarios, lo que llevaría al consumidor a creer que se trata de una línea de productos pertenecientes a la marca registrada”.
Por lo anterior y teniendo en cuenta que se presentan coincidencias de orden ortográfico, fonético y conceptual susceptibles de generar riesgo de confusión, la Superindustria consideró que el signo solicitado se encuentra incurso en la causal de irregistrabilidad contemplada en los literales A y E del artículo 136 de la Decisión 486, en donde se establece la irregistrabilidad como marca de los signos que afecten la identidad o prestigio de personas jurídicas con o sin fines de lucro, o personas naturales, en especial, si se trata de nombre, apellido, firma, título o caricatura de una persona distinta al solicitante.
Ante dicha resolución, Gustavo Adolfo Ortega Hernández, apoderado de la firma solicitante, presentó recurso de apelación, en contra de la Resolución número 33308 de mayo de 2012, en la que expresaba el descontento con la negación de la solicitud. “Con el respeto del despacho de manera atenta le manifestamos que al interior de Musicales Strings, no estamos de acuerdo con la negación que hace el órgano, ya que el signo solicitado recae sobre una denominación evocativa porque la expresión Escalona proviene del término escala, la cual tiene una definición parecida como la sucesión de notas musicales.
En el recurso se le solicitaba a la SIC que tuviera en cuenta, para resolver en segunda instancia que el apellido Escalona es de uso constante, lo que significa que no puede ser apropiable, ni excluyente por cualquier comerciante, como lo ha manisfestado, en reiteradas ocasiones, el Tribunal Andino.
De acuerdo con Jesús Méndez, abogado especialista en propiedad intelectual, la Superintendencia fue muy acertada en su resolución ya que además de estar protegiendo una marca registrada con antelación, estaba velando por los interés de la identidad de Rafael Escalona. “Se trata del apellido del maestro del vallenato en Colombia y eso lo hace irregistrable porque es la identidad de una persona natural”.
A otro que le parece ajustada la decisión es a Juan Fernando Córdoba, especialista en marcas y patentes, quien dice que “haberle concedido el registro marcario a un tercero, era un riesgo tanto para el signo existente, como para los consumidores que podrían confundir la procedencia industrial de los productos de las dos marcas en el mercado.
La marca Rafael Escalona tiene registro en las clases 9, 25 y 41 y en los tres casos la titular es Luz María Zambrano, quien fuera la esposa del compositor vallenato por muchos años.
Las opiniones
Jesús Méndez
abogado de propiedad intelectual
“La Superintendencia de Industria y Comercio fue muy acertada en su resolución ya que además de estar protegiendo una marca que registrada con antelación, está velando por los interés de la identidad de Rafael Escalona”.
Juan Fernando córdoba
abogado especialista en marcas y patentes
“Haberle concedido el registro marcario a un tercero era un riesgo tanto para el signo existente, como para los consumidores que podrían confundir la procedencia industrial de los productos de las dos marcas en el mercado”.